ANEXO, R.M. N° 111-2022/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Anexo de la R.M. N° 111-2022/MINSA, que aprobó la NTS N° 182-MINSA/DIGEMID-2022, Norma Técnica de Salud que regula los Estudios de Estabilidad de las Especialidades Farmacéuticas-ANEXO-R.M. N° 111-2022/MINSA

Fecha de disposición09 Marzo 2022
Fecha de publicación09 Marzo 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Anexo de la R.M. N° 111-2022/MINSA, que aprobó la NTS N° 182-MINSA/DIGEMID-2022, Norma Técnica de Salud que regula los Estudios de Estabilidad de las Especialidades Farmacéuticas

(La Resolución Ministerial en referencia fue publicada el día 26 de febrero de 2022)

Anexo: Resolución Ministerial

nº 111-2022/MINSA

NTS N° 182-MINSA/DIGEMID-2022

NORMA TÉCNICA DE SALUD QUE REGULA LOS ESTUDIOS DE ESTABILIDAD DE LAS ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS

  1. FINALIDAD

    Contribuir a la calidad, seguridad y eficacia de las especialidades farmacéuticas que circulan en el mercado farmacéutico nacional.

  2. OBJETIVO

    Establecer las disposiciones que regulen el desarrollo de los estudios de estabilidad de las especialidades farmacéuticas y la información que debe contener el documento requerido para la evaluación de los estudios de estabilidad.

  3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

    La presente Norma Técnica de Salud es de cumplimiento obligatorio por los administrados y titulares de registro sanitario en los procedimientos administrativos seguidos ante la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).

  4. BASE LEGAL

    4.1 Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias.

    4.2 Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.

    4.3 Decreto Supremo N° 016-2011-SA, que aprueba el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, y sus modificatorias.

    4.4 Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias.

  5. DISPOSICIONES GENERALES

    5.1 DEFINICIONES OPERATIVAS

    Para efectos de la aplicación de la presente Norma Técnica de Salud, se adoptan las siguientes definiciones operativas:

    5.1.1 Envase inmediato o primario: Envase dentro del cual se coloca directamente el producto en la forma farmacéutica terminada.

    5.1.2 Envase mediato o secundario: Envase o empaque definitivo dentro del cual se coloca el envase primario.

    5.1.3 Envase impermeable: Envase que provee una permanente barrera al paso de gases o solventes.

    5.1.4 Envase semipermeable: Envase que permite el paso de solventes, generalmente agua, previniendo la pérdida de soluto.

    5.1.5 Especificaciones de estabilidad: Lista de ensayos y criterios de aceptación físicos, químicos, microbiológicos y biológicos cuando corresponda, que un producto debe cumplir a lo largo de su vida útil, que garanticen su seguridad, calidad y eficacia.

    5.1.6 Especificación de liberación: Lista de ensayos y criterios de aceptación físicos, químicos, biológicos y microbiológicos que determinan la conformidad de un producto al momento de su liberación para su distribución y comercialización autorizada.

    5.1.7 Estudios de estabilidad: Conjunto de pruebas y ensayos a que se somete un producto en condiciones preestablecidas y que permite establecer su periodo de eficacia.

    5.1.8 Estudio de estabilidad de extremos o de corchetes: Diseño estadístico reducido de un programa de estabilidad en el cual sólo las muestras de los extremos de ciertos factores del diseño (Ejemplo: Concentración y tamaño de envase) son analizadas en todos los tiempos como en un diseño completo. El diseño asume que la estabilidad de cualquiera de los niveles intermedios está representada por los resultados de los extremos analizados. Es decir, cuando un producto tiene la misma fórmula cualitativa, en el mismo material de envase, en presentaciones con diferentes concentraciones de fármaco, pueden presentarse los resultados del estudio de estabilidad de las presentaciones con la menor y mayor concentración del fármaco.

    5.1.9 Estudio de estabilidad por matrices: Técnica estadística reducida que se emplea para llevar a cabo estudios de estabilidad en los que en cada tiempo de toma de muestras solamente se analiza una fracción del total de muestras sometidas a las condiciones definidas para el estudio, de manera tal que en el siguiente tiempo de análisis se selecciona otro grupo de muestras diferentes y así sucesivamente hasta el final del estudio. El diseño asume que la estabilidad de las muestras ensayadas es representativa de la estabilidad de todas las muestras.

    5.1.10 Estudios de estabilidad acelerados: Estudios diseñados para lograr el incremento de la velocidad de degradación química o física de un producto, mediante condiciones de almacenamiento extremas o exageradas en su envase original, con el propósito de monitorear las reacciones de degradación y predecir el período de vida bajo condiciones normales de almacenamiento.

    5.1.11 Estudios de estabilidad a largo plazo: Son estudios diseñados de las características físicas, químicas y microbiológicas, bajo condiciones de almacenamiento controladas, durante el periodo de vida útil propuesto del producto en el envase que se propone circular en el mercado.

    5.1.12 Fecha de expiración o vencimiento o caducidad: Es el dato señalado en el rotulado de los envases mediato e inmediato del producto que indica el mes y año calendario más allá del cual no se garantiza que el producto conserve su estabilidad y eficacia, siempre que se mantenga las condiciones de almacenamiento autorizadas.

    5.1.13 Forma farmacéutica de liberación inmediata: Preparaciones cuya liberación del Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) no es deliberadamente modificada por una formulación especial y/o método de fabricación.

    5.1.14 Lote industrial: Lote de un producto farmacéutico fabricado a escala de producción mediante el uso de equipos e infraestructura de la planta de producción.

    5.1.15 Lote a escala piloto: Lote de un producto fabricado por un procedimiento totalmente representativo y que simula el proceso que se va a aplicar a un lote industrial.

    5.1.16 Medicamento huérfano: Son aquellos medicamentos que han demostrado relación riesgo-beneficio favorable en la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades raras o huérfanas, que presentan baja o nula producción farmacéutica lo que da lugar a limitaciones de su oferta en el mercado.

    5.1.17 Número de lote: Combinación definida de números y/o letras que identifica de manera única un lote en sus etiquetas, registros de lote y sus correspondientes certificados de análisis, entre otros, a fin de asegurar su trazabilidad.

    5.1.18 Período de validez comprobado: Periodo de vida útil establecido para un producto terminado mediante estudios de estabilidad a largo plazo realizados en lotes industriales.

    5.1.19 Periodo de validez tentativo: Período de vida útil establecido provisionalmente por un tiempo no mayor a 2 años, basado en los resultados de los estudios de estabilidad acelerada y de largo plazo disponibles.

    5.1.20 Programa de seguimiento de estudio de estabilidad: Plan de estudios diseñados para verificar la estabilidad del producto a partir de lotes industriales, teniendo en cuenta las condiciones de estabilidad a largo plazo establecidas.

    5.1.21 Protocolo de estudios de estabilidad: Documento que describe la forma cómo se generan y analizan los datos de estabilidad.

    5.1.22 Recomendación de almacenamiento: Instrucción que debe figurar en los textos de los rotulados mediatos y, cuando corresponda, en el rotulado inmediato.

    5.1.23 Reporte del estudio de estabilidad: Documento que contiene los resultados de los ensayos exigidos para sustentar el período de vida útil solicitado con base en la información contenida en el registro del estudio de estabilidad correspondiente.

    5.1.24 Sistema envase cierre: Es la suma de los componentes que contiene el envase y protegen la forma farmacéutica. Esto incluye al envase inmediato y su tapa o sistema de cierre; puede incluir al envase mediato cuando este ejerce una protección adicional al producto.

    5.1.25 Vida útil/Período de validez: Período de tiempo durante el cual se espera que un producto, almacenado correctamente, cumpla con las especificaciones establecidas y que se determina mediante los estudios de estabilidad.

    5.1.26 Técnica analítica/Procedimiento analítico/Método analítico: Descripción detallada de los pasos necesarios para realizar cada prueba o ensayo analítico. Esto puede incluir, pero no está limitado, a la muestra, el patrón de referencia y la preparación de reactivos, el uso de equipos, la generación de la curva de calibración, el uso de las fórmulas para el cálculo, entre otros.

    5.2 Los estudios de estabilidad constituyen el respaldo de la vida útil de la especialidad farmacéutica a determinadas condiciones de almacenamiento, cuyos resultados son evaluados por la ANM.

  6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

    6.1 DESARROLLO DE LOS ESTUDIOS DE ESTABILIDAD

    6.1.1 Selección de lotes a efectos de realizar el estudio de estabilidad

    Los estudios de estabilidad deben llevarse a cabo en no menos de 3 lotes del producto, los cuales deben ser fabricados con la misma fórmula cualicuantitativa, método de fabricación, sitio de fabricación y envasado con el mismo sistema envase cierre propuesto para circular en el mercado; para los lotes a escala piloto o lotes de un tamaño más pequeño, además debe representar el proceso que se va a usar en la fabricación de los lotes industriales. Cuando sea posible, los lotes del producto deben ser fabricados utilizando diferentes lotes del o los Ingrediente(s) Farmacéutico(s) Activo(s) - IFA(s) de un mismo fabricante.

    En la selección de lotes, además, debe tenerse en cuenta que:

    1. Los estudios de estabilidad pueden llevarse a cabo en los siguientes tipos de lote:

      1. 3 lotes industriales; o

      2. 3 lotes a escala piloto: Como mínimo, 2 de los 3 lotes pueden ser a escala piloto y el tercer lote puede tener un tamaño más pequeño, si se justifica; o

      3. Una combinación de lo consignado en los literales a) y b) precedentes.

    2. En el caso de ser productos monofármacos con formas farmacéuticas de liberación inmediata e IFAs estables, son aceptables estudios de...

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