RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000056-2022-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes en las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Cusco, y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000056-2022-CE-PJ

Fecha de disposición24 Febrero 2022
Fecha de publicación27 Febrero 2022

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes en las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Cusco, y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000056-2022-CE-PJ

Lima, 24 de febrero del 2022

VISTO:

El Oficio N° 0010-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 0012-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes, con vencimiento al 28 de febrero de 2022.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 274-2021-CE-PJ, de fecha 27 de agosto de 2021, se dispuso, a partir del 1 de setiembre de 2021 hasta el 28 de febrero del presente año, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambo Grande, Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, hacia el Distrito de Las Lomas de la misma provincia y Corte Superior.

Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 324-2021-CE-PJ, del 27 de setiembre de 2021, se dispuso prorrogar, a partir del 1 de octubre de 2021 hasta el 28 de febrero del presente año, lo siguiente:

  1. El funcionamiento del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco.

  2. El funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, cuya sede de origen es el Distrito de San José de Lourdes, Provincia de San Ignacio, de la misma Corte Superior.

  3. La itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Querobamba, Provincia de Sucre, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, hacia el Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas, de la misma Corte Superior.

  4. La itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuschi, Provincia de Cangallo, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, hacia el Distrito de Morochucos, de la misma provincia y Corte Superior, por un periodo de cinco meses, y de acuerdo a un cronograma que apruebe el Presidente de esa Corte Superior.

  5. La itinerancia del Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Canta, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, hacia el Centro Poblado de Yangas del Distrito de Santa Rosa de Quives, de la misma provincia y Corte Superior.

  6. La itinerancia del Juzgado Mixto del Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro, Corte Superior de Justicia de Moquegua, hacia el Distrito de Ichuña, de la misma provincia y Corte Superior, por un periodo de cinco meses, realizándose esa labor solo al momento del requerimiento; efectuándose la atención virtual permanente para la recepción documentaria proveniente de dicho distrito, mediante el correo electrónico habilitado por este órgano jurisdiccional.

    Tercero. Que, la Resolución Administrativa N° 325-2021-CE-PJ, de fecha 27 de setiembre de 2021, dispuso la apertura de turno, a partir del 1 de octubre de 2021 hasta el 28 de febrero del presente año, del Juzgado Civil Transitorio del Distrito y Provincia de Cajabamba, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para el ingreso de expedientes; así como el cierre de turno del Juzgado Civil Permanente del referido distrito y provincia, durante el referido periodo.

    Cuarto. Que, por Resolución Administrativa N° 355-2021-CE-PJ, del 30 de octubre de 2021, se dispuso prorrogar, a partir del 1 de noviembre de 2021 hasta el 28 de febrero del presente año:

  7. La itinerancia del Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Bolívar, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, hacia el Distrito y Provincia de Celendín, de la misma Corte Superior y de acuerdo a un cronograma que apruebe el Presidente de esa Corte Superior.

  8. La apertura de turno del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, y del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, de la misma provincia y Corte Superior; así como del cierre de turno del 1° Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián y del 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago, por el referido periodo.

  9. El cierre de turno del 1° Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito de El Tambo, Provincia de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junín, para el ingreso de expedientes.

  10. La ampliación de la competencia territorial del 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles del Distrito de Ventanilla, hasta el Distrito del Puente, Corte Superior de Justicia de Puente-Ventanilla, continuando el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Puente Piedra con el turno cerrado para el ingreso de expedientes.

    Quinto. Que, mediante Oficio N° 0010-2022-P-CNPJ-CE-PJ, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe N° 0012-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, a través del cual informó lo siguiente:

  11. El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuschi, Provincia de Cangallo, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, el cual realiza labor de itinerancia al Distrito de Morochucos de la misma provincia, al mes de diciembre de 2021 presentó una carga procesal de 184 expedientes, la cual es mucho menor a la carga anual mínima de 1,560 establecida para dichos órganos jurisdiccionales, presentando una condición de subcarga procesal; asimismo, presentó una mínima carga pendiente de 38 expedientes, razón por la cual podría continuar realizando labor de itinerancia al Distrito de Morochucos por un periodo de cinco meses.

  12. El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Querobamba, Provincia de Sucre, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, el cual realiza labor de itinerancia al Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas, al mes de diciembre...

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