DECRETO SUPREMO, N° 023-2022-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID en el marco de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021-DECRETO SUPREMO-N° 023-2022-EF

Fecha de disposición26 Febrero 2022
Fecha de publicación26 Febrero 2022

Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID en el marco de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

Nº 023-2022-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que las operaciones de endeudamiento correspondientes al Año Fiscal 2021, comprendidas en los alcances de los incisos 1 y 2 del numeral 3.1 e incisos 1 y 2 del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que al 31 de diciembre de 2021 se encuentren en trámite, pueden ser aprobadas en el primer trimestre del Año Fiscal 2022, en el marco de la ley antes citada;

Que, al 31 de diciembre de 2021, se encuentra en trámite de aprobación, una operación de endeudamiento correspondiente al destino Sectores Económicos y Sociales, en el marco de la autorización de endeudamiento externo comprendida en los alcances del inciso 1 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, en ese sentido, mediante el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 742 010 220,00 (SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, como resultado de las reasignaciones entre los montos de endeudamiento interno y externo efectuadas en el marco de la autorización establecida en el numeral 3.3 del artículo 3 de la referida Ley N° 31086, el monto autorizado para acordar operaciones de endeudamiento externo es de hasta por la suma de US$ 8 742 010 220,00 (OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), de la cual corresponde destinar a Sectores Económicos y Sociales la suma de US$ 6 743 574 971,21 (SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN Y 21/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 74 000 000,00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Drenaje Pluvial de la ciudad de Puerto Maldonado y C.P. Mayor El Triunfo en los distritos de Tambopata y Las Piedras de la Provincia de Tambopata -...

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