ACUERDO, Nº 047-2022-CR/GRM, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA - Declaran en situación de emergencia al distrito de Quinistaquillas, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por colapso del puente vehicular 'El Chorro 2'-ACUERDO-Nº 047-2022-CR/GRM

Fecha de disposición25 Febrero 2022
Fecha de publicación25 Febrero 2022

Declaran en situación de emergencia al distrito de Quinistaquillas, provincia General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por colapso del puente vehicular “El Chorro 2”

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 047-2022-CR/GRM

Fecha : 16-02-2022

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Moquegua Nº 004-2022-CR/GRM, de fecha dieciséis de febrero del año dos mil veintidós, se ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, Ley Nº 28607, Ley Nº 30305, Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 191º establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y Fiscalizador (…)”.

Que, el numeral 7 del artículo 192º de la Constitución Política del Estado, reconoce como competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.

Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece lo siguiente: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal.”

Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; respecto a la organización de los Gobiernos Regionales, dentro de su estructura considera al Consejo Regional, siendo el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Asimismo, el artículo 13º de la mencionada Ley establece que, el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le...

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