RESOLUCION, N° 023-2022-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Modifican la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras” aprobada mediante Resolución N° 198-2020-OS/CD-RESOLUCION-N° 023-2022-OS/CD

Fecha de disposición23 Febrero 2022
Fecha de publicación23 Febrero 2022

Modifican la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras” aprobada mediante Resolución N° 198-2020-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 023-2022-OS/CD

Lima, 21 de febrero de 2022

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y en el artículo 5 de la Ley N° 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de supervisión, supervisión específica y fiscalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras;

Que, asimismo, las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente calificadas y clasificadas por Osinergmin, cuya contratación se realiza respetando los principios de igualdad, no discriminación y libre competencia, para lo cual el Consejo Directivo de Osinergmin aprueba mediante resolución los criterios y procedimientos específicos para su calificación y clasificación, así como para su selección, contratación, y la ejecución de los servicios que realizan;

Que, mediante Resolución N° 198-2020-OS/CD, el Consejo Directivo aprobó la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras”, la cual contiene las disposiciones relacionadas a los criterios y procedimientos específicos antes mencionados;

Que, en aras de optimizar los procesos de contratación de empresas supervisoras, en busca de una mayor eficacia y eficiencia que garanticen la satisfacción de las necesidades de las áreas usuarias, el cumplimiento del Programa Anual de Supervisión y la culminación de los procesos de selección de forma oportuna; se ha revisado las disposiciones de la mencionada Directiva, considerando la experiencia de su operatividad en el año 2021;

Que, en consecuencia, resulta necesario realizar modificaciones a algunas disposiciones que permitan a las áreas usuarias contar con mecanismos adicionales a los previstos en la citada Directiva para asegurar la contratación de las empresas supervisoras bajo mejores condiciones de calidad y de forma oportuna, en función al objeto y alcance del servicio de supervisión y con ello coadyuvar en el fortalecimiento de la ejecución del Plan Anual de Supervisión de Osinergmin;

Que, considerando que las modificaciones materia de la presente resolución se encuentran relacionadas a la variación de algunas disposiciones necesarias para optimizar los procedimientos para la contratación de las empresas supervisoras, en calidad de proveedores de servicios de Osinergmin; no corresponde su publicación para recibir comentarios. Sin perjuicio de ello, con la finalidad de contribuir a la transparencia de las contrataciones de empresas supervisoras, se dispone su publicación en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin, a fin de que sea de conocimiento público;

Con la conformidad de la Gerencia General, la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 03-2022 en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley N° 27699;

SE RESUELVE:

Artículo 1

Modificar el numeral 10.1 del artículo 10, numeral 15.1 del artículo 15, numeral 16.1 del artículo 16, numeral 17.12 del artículo 17, numerales 18.2, 18.3 y 18.4 del artículo 18, numeral 19.2 del artículo 19, artículo 23, numerales 26.2, 26.3 y 26.6 del artículo 26 de la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras” aprobada mediante Resolución N° 198-2020-OS/CD, los mismos que quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 10.- Activación del proceso...

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