ORDENANZA, Nº 470-2022/MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ANCON - Ordenanza que establece monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento del Impuesto Predial, determina los incentivos para el pago de tributos del Ejercicio 2022 y fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias recaudadas por la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 470-2022/MDA
Fecha de disposición | 23 Febrero 2022 |
Fecha de publicación | 23 Febrero 2022 |
Ordenanza que establece monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento del Impuesto Predial, determina los incentivos para el pago de tributos del Ejercicio 2022 y fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias recaudadas por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 470-2022-MDA
Ancón, 15 de febrero de 2022
VISTO:
Informe Nº45-2022-GATYR-MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe Legal Nº060 -2022-GAJ-MDA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 194º y 196º, numerales 2 y 3, de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos II, 40º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus rentas, entre las que se encuentran los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley;
Que, de acuerdo a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus normas modificatorias, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, lo que se condice con lo previsto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 y el artículo 74º de la Constitución Política del Perú;
Que, desde el año 2020 la Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional que dispuso el Gobierno del Perú a consecuencia del brote del COVID-19 han tenido importante incidencia sobre la conducta de pago de nuestros contribuyentes, por lo cual, es política de la actual gestión propiciar e inducir el pago voluntario de las obligaciones tributarias, brindando facilidades para su cumplimiento lo que contribuirá a generar una percepción de estabilidad tributaria;
Que, mediante Informe Nº 45-2022-GATYR-MDA de fecha 07...
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