ORDENANZA, Nº 470-2022/MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ANCON - Ordenanza que establece monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento del Impuesto Predial, determina los incentivos para el pago de tributos del Ejercicio 2022 y fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias recaudadas por la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 470-2022/MDA

Fecha de disposición23 Febrero 2022
Fecha de publicación23 Febrero 2022

Ordenanza que establece monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento del Impuesto Predial, determina los incentivos para el pago de tributos del Ejercicio 2022 y fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias recaudadas por la Municipalidad

ORDENANZA Nº 470-2022-MDA

Ancón, 15 de febrero de 2022

VISTO:

Informe Nº45-2022-GATYR-MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe Legal Nº060 -2022-GAJ-MDA, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 194º y 196º, numerales 2 y 3, de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos II, 40º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus rentas, entre las que se encuentran los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley;

Que, de acuerdo a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus normas modificatorias, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, lo que se condice con lo previsto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 y el artículo 74º de la Constitución Política del Perú;

Que, desde el año 2020 la Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional que dispuso el Gobierno del Perú a consecuencia del brote del COVID-19 han tenido importante incidencia sobre la conducta de pago de nuestros contribuyentes, por lo cual, es política de la actual gestión propiciar e inducir el pago voluntario de las obligaciones tributarias, brindando facilidades para su cumplimiento lo que contribuirá a generar una percepción de estabilidad tributaria;

Que, mediante Informe Nº 45-2022-GATYR-MDA de fecha 07...

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