RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000049-2022-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen la ejecución de disposiciones administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Lima y Puno; y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000049-2022-CE-PJ

Fecha de disposición21 Febrero 2022
Fecha de publicación23 Febrero 2022

Disponen la ejecución de disposiciones administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Lima y Puno; y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000049-2022-CE-PJ

Lima, 21 de febrero del 2022

VISTO:

El Oficio Nº 000005-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe Nº 000005-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ elaborado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto al funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios.

CONSIDERANDO:

Que, por Oficio Nº 000005-2022-P-CNPJ-CE-PJ, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000005-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, a través del cual informó lo siguiente:

  1. El 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito y Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, al mes de noviembre de 2021, tuvieron una carga pendiente promedio de 537 expedientes, menor a la carga pendiente de 919 expedientes que presenta el 3º Juzgado de Paz Letrado de Huaraz, razón por la cual resulta conveniente que este último cierre turno por un periodo de tres meses y los dos primeros abran turno durante el referido periodo.

  2. El 1º, 2º y 6º Juzgados de Paz Letrados de los Distritos de Surco y San Borja, Corte Superior de Justicia de Lima, al mes de noviembre de 2021, presentaron una carga pendiente promedio de 1,256 expedientes, la cual es casi el doble de la carga pendiente de 632 expedientes que presentan el 3º, 4º y 8º Juzgados de Paz Letrados de los referidos distritos, razón por la cual se considera conveniente que el 1º, 2º y 6º Juzgados de Paz Letrados de los...

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