ORDENANZA, Nº 000003-2022-GRLL-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Declaran de Interés Regional el desarrollo turístico de las Islas de Macabi y Puerto Malabrigo, distrito de Rázuri y provincia de Ascope, Región La Libertad, en el marco del Eje Estratégico de la Ruta Moche oficializada mediante Ordenanza Regional N° 013-2016-GRLL-CR, para promover e impulsar la oferta de los servicios turisticos de la Región La Libertad-ORDENANZA-Nº 000003-2022-GRLL-CR

Fecha de disposición04 Febrero 2022
Fecha de publicación19 Febrero 2022
SecciónSección Única

Declaran de Interés Regional el desarrollo turístico de las Islas de Macabi y Puerto Malabrigo, distrito de Rázuri y provincia de Ascope, Región La Libertad, en el marco del Eje Estratégico de la Ruta Moche oficializada mediante Ordenanza Regional N° 013-2016-GRLL-CR, para promover e impulsar la oferta de los servicios turisticos de la Región La Libertad

ORDENANZA REGIONAL

N° 000003-2022-GRLL-CR

Trujillo, 4 de febrero del 2022.

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE LA LIBERTAD

POR CUANTO:

El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias.

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

En Sesión Ordinaria Virtual de fecha 01 febrero del 2022, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N°0001-2022-GRLL/CR-COCETA, con el cual remite el Dictamen N° 001-2021- GRLL/CR-COCETA emitido por La consejera Teresita de Jesús Bravo Malca Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Consejo Regional recaído el Proyecto de Ordenanza Regional formulado por La Consejera Milagros Jennifer Catalán Corman relativo a “Declarar de interés Regional el Desarrollo Turístico sostenible de las Islas de Macabi y Puerto Malabrigo del centro poblado del distrito de Razuri y provincia de Ascope, Región La Libertad”, y;

CONSIDERANDO:

Que es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir ordenanzas regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38ª de la Ley 27867: ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”;

Que, conforme a lo previsto en los artículos 191ª y 192ª de la Constitución Política del Perú, establece Que “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y promueven el desarrollo y la economía regional, fomenta la inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que el artículo 2ª de la Ley Nª 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Sin...

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