DECRETO SUPREMO, N° 019-2022-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, en el marco de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021-DECRETO SUPREMO-N° 019-2022-EF

Fecha de disposición19 Febrero 2022
Fecha de publicación19 Febrero 2022
MateriaDerecho Procesal

Aprueban operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, en el marco de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

N° 019-2022-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 de la Ley N° 31367, Ley de Endeudamiento Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que las operaciones de endeudamiento correspondientes al Año Fiscal 2021, comprendidas en los alcances de los incisos 1 y 2 del numeral 3.1 e incisos 1 y 2 del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, que al 31 de diciembre de 2021 se encuentren en trámite, pueden ser aprobadas en el primer trimestre del Año Fiscal 2022, en el marco de la ley antes citada;

Que, al 31 de diciembre del Año Fiscal 2021, se encuentra en trámite de aprobación una operación de endeudamiento correspondiente al destino Sectores Económicos y Sociales, en el marco de la autorización de endeudamiento externo comprendida en los alcances del inciso 1 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

Que, en ese sentido, mediante el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 742 010 220,00 (SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, como resultado de la reasignación entre los montos de endeudamiento interno y externo efectuada en el marco de la autorización establecida en el numeral 3.3 del artículo 3 de la citada Ley N° 31086, el monto autorizado para acordar operaciones de endeudamiento externo es de hasta US$ 8 742 010 220,00 (OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES DIEZ MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), de los cuales corresponde destinar a los Sectores Económicos y Sociales la suma de US$ 6 743 574 971,21 (SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 21/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la autorización...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR