LEY, N° 31412, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que declara de preferente interés nacional y necesidad pública la formulación y ejecución del proyecto “Construcción del Proyecto Hidroenergético Laguna Ángel Cruz de Aija” en la provincia de Aija, departamento de Áncash-LEY-N° 31412

Fecha de disposición12 Febrero 2022
Fecha de publicación12 Febrero 2022
MateriaDerecho Procesal

LEY Nº 31412

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE PREFERENTE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO HIDROENERGÉTICO LAGUNA ÁNGEL CRUZ DE AIJA” EN LA PROVINCIA DE AIJA, DEPARTAMENTO DE ÁNCASH

Artículo único Declaratoria de interés nacional y necesidad pública

Declárase de preferente interés nacional y necesidad pública la formulación y ejecución del proyecto “Construcción del Proyecto Hidroenergético Laguna Ángel Cruz de Aija” en la provincia de Aija, departamento de Áncash”.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de enero de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

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