RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 036-2022-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Aprueban el Padrón de Beneficiarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) del periodo diciembre 2021 y el monto total por concepto de subvención económica-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 036-2022-MIMP

Fecha de disposición04 Febrero 2022
Fecha de publicación08 Febrero 2022
MateriaDerecho Procesal

Aprueban el Padrón de Beneficiarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) del periodo diciembre 2021 y el monto total por concepto de subvención económica

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 036-2022-MIMP

Lima, 4 de febrero de 2022

VISTOS, el Informe Técnico N° D000001-2022-MIMP-DPE-GVN y la Nota N° D000092-2022-MIMP-DPE de la Dirección de Protección Especial; el Informe N° D000013-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum N° D000024-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° D000053-2022-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y el Informe N° D000010-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, en adelante Decreto Legislativo N° 1297, tiene por objeto brindar protección integral a las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos a fin de garantizar el pleno ejercicio de sus derechos; priorizando su derecho a vivir, crecer y desarrollarse en el seno de su familia;

Que, el literal c) del numeral 11.2 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1297 dispone que es función del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, el diseñar e implementar el servicio de acogimiento familiar, a través del cual evalúa, capacita, selecciona a las familias acogedoras y realiza el seguimiento de la medida de protección de acogimiento familiar y el artículo 65 del citado Decreto Legislativo establece 3 clases de Acogimiento Familiar, las cuales son: a) Acogimiento Familiar en Familia extensa; b) Acogimiento Familiar con Tercero y c)...

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