INVESTIGACION, DEFINITIVA Nº 1604-2017-OCMA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a asistente judicial encargada de la Mesa de Partes de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura-INVESTIGACION-DEFINITIVA Nº 1604-2017-OCMA

Fecha de disposición06 Febrero 2022
Fecha de publicación06 Febrero 2022

Imponen medida disciplinaria de destitución a asistente judicial encargada de la Mesa de Partes de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura

INVESTIGACIÓN DEFINITIVA

N° 1604-2017-OCMA

Lima, dieciocho de agosto de dos mil veintiuno.-

VISTA:

La Investigación Definitiva número mil seiscientos cuatro guión dos mil diecisiete guión OCMA que contiene la propuesta de destitución de la señora Jennipher Yolanda León Rojas, en su actuación como asistente judicial encargada de Mesa de Partes de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número veintiuno del treinta y uno de agosto de dos mil veinte, de fojas doscientos noventa y ocho a trescientos cinco.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Oficio número seiscientos ochenta y dos guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA guión PJ del dos mayo de dos mil diecisiete, de fojas uno, la jefa de la Unidad de Desarrollo de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial remitió a la jefa de la Oficina de Control de la Magistratura el Informe número cero siete guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA diagonal PJ, referido a la auditoría realizada por la Unidad de Sistemas al equipo informático asignado a la servidora Jennipher Yolanda León Rojas en su condición de responsable de la Mesa de Partes de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura, encontrándose irregularidades en el desempeño de sus funciones.

Asimismo, por Oficio número ochocientos cuarenta y siete guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA diagonal PJ del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, de fojas treinta y nueve, la jefa de la Unidad de Desarrollo de la Oficina de Control de la Magistratura remitió a la jefa del órgano de control del Poder Judicial el Informe número cero ocho guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA diagonal PJ y anexos referidos a las auditorías informáticas emitidas por la Unidad de Sistemas del equipo de cómputo asignado a la exservidora Jennipher Yolanda León Rojas.

Mediante resolución número uno del veintinueve de mayo de dos mil diecisiete, de fojas ochenta y uno a ochenta y siete la jefa de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, en mérito a los Oficios número seiscientos ochenta y dos guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA guión PJ, del dos mayo de dos mil diecisiete; y número ochocientos cuarenta y siete guión dos mil diecisiete guión UD guión OCMA diagonal PJ, del veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, inició procedimiento disciplinario contra la servidora Jennipher Yolanda León Rojas, en su actuación como asistente judicial, responsable de la Mesa de Partes de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura, por los siguientes cargos:

a) Habría ingresado en los expedientes reservados signados como Investigaciones Preliminares N° 0153-2017-Lima, N° 2500-2016-Lima, N° 2551-2016-Cañete, N° 2702-2016-Piura, N° 2704-2016-Lambayeque, N° 2705-2016-Lambayeque, N° 2707-2016-Ayacucho, N° 2708-2016-Ucayali, N° 2709-2016-Del Santa, N° 2710-2016-Piura, N° 2711-2016-Huánuco, N° 2712-2016-Piura, N° 2713-2016-Lambayeque, N° 2716-2016-Lima, N° 2784-2016-Junín, N° 2809-2016-Junín y N° 3668-2016-Ucayali; sin que estos estén asignados a su cargo ni remitidos a su unidad, a pesar de tener conocimiento que a los expedientes reservados solo pueden acceder los magistrados a cargo de los mismos y el asistente designado; asimismo, habría enseñado esta mala praxis al servidor Renzo Andrei Zamudio Yataco y se habría aprovechado de las debilidades del SISOCMA para vulnerar la reserva de los expedientes, sin poner en conocimiento de la Unidad de Sistemas, haciendo un uso indebido del evento click derecho en la opción modificar los expedientes reservados

.

Conducta con la que habría vulnerado el deber de cumplir los dispositivos administrativos establecidos en el numeral a) del artículo cuarenta y uno del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, lo que constituye falta leve conforme al inciso cuatro, del artículo ocho del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial.

b) El ingreso irregular al sistema habría sido aprovechado por dicha servidora, quien habría ingresado a la...

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