RESOLUCION MINISTERIAL, N° 059-2022-MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban valor total de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el área de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto Internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, ubicado en el departamento de Loreto-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 059-2022-MTC/01.02

Fecha de disposición31 Enero 2022
Fecha de publicación02 Febrero 2022

Aprueban valor total de tasación y el pago de las mejoras encontradas en el área de inmueble afectado por la ejecución de la obra: Aeropuerto Internacional “Coronel FAP Francisco Secada Vignetta”, ubicado en el departamento de Loreto

Resolución Ministerial

N° 059-2022-MTC/01.02

Lima, 31 de enero de 2022

VISTO: El Memorando N° 0281-2022-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Memorandum N° 0055-2022-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 4.11 del artículo 4 del TUO de la Ley, define que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación;

Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final del TUO de la Ley, el Sujeto Activo, a fin de obtener la liberación del inmueble, en el marco de los procesos de Adquisición, Expropiación y Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, previa disponibilidad presupuestal respectiva, reconoce las mejoras encontradas en el inmueble y/o gastos de traslado a los ocupantes o poseedores que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 6 y 7 del TUO de la Ley;

Que, la citada Tercera Disposición Complementaria Final del TUO de la Ley establece que para que procedan los pagos de las mejoras encontradas en el inmueble y de los gastos de traslado a los ocupantes o poseedores, el Sujeto Activo...

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