RESOLUCION, N° 0020-2022-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran fundado el recurso de apelación interpuesto por alcalde de la Municipalidad Distrital de Padre Márquez, provincia de Ucayali, departamento de Loreto; y, en consecuencia, revocan el Acuerdo de Concejo Municipal N.° 001-2021-MDPM-CM-RESOLUCION-N° 0020-2022-JNE

Fecha de disposición28 Enero 2022
Fecha de publicación28 Enero 2022
MateriaDerecho Procesal

Declaran fundado el recurso de apelación interpuesto por alcalde de la Municipalidad Distrital de Padre Márquez, provincia de Ucayali, departamento de Loreto; y, en consecuencia, revocan el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2021-MDPM-CM

Resolución Nº 0020-2022-JNE

Expediente Nº JNE.2021092768

PADRE MÁRQUEZ - UCAYALI - LORETO

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, dieciocho de enero de dos mil veintidós

VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Atilio Maynas Maldonado, alcalde de la Municipalidad Distrital de Padre Márquez, provincia de Ucayali, departamento de Loreto (en adelante, señor alcalde), en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2021-MDPM-CM, del 29 de setiembre de 2021, que aprobó la solicitud de vacancia presentada por don Tilman Flores Saldaña (en adelante, señor solicitante), por la causa de ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal, prevista en el numeral 4 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), teniendo a la vista los Expedientes Nº JNE.2020028644 y Nº JNE.2020029199.

PRIMERO. ANTECEDENTES

Respecto a la solicitud de vacancia

1.1. El 21 de julio de 2020 (Expediente Nº JNE. 2020028644), se solicitó la vacancia del señor alcalde por la causa prevista en el numeral 4 del artículo 22 de la LOM, bajo los siguientes argumentos:

  1. Desde el 15 de abril hasta el 10 de julio de 2020 (fecha de suscripción de su pedido de vacancia), el señor alcalde se ausentó de la jurisdicción del distrito de Padre Márquez, pues no convocó, notificó o realizó ninguna sesión ordinaria ni extraordinaria de concejo, habiéndose realizado la última sesión ordinaria, el 15 de abril de 2020.

  2. El señor alcalde no realizó visitas a ninguno de los 21 pueblos que comprende el distrito de Padre Márquez, así como tampoco conformó el Comité de Salud de Prevención del virus Sars-CoV-2 (COVID19), lo que generó incomodidad en la población, tal como se ha manifestado en las declaraciones juradas de las autoridades de la Comunidad Nativa de Paoyhan, en los memoriales suscritos por los pobladores de las localidades de Roaboya Mestiza, Puerto Islandia, Tiruntán, Alfonso Ugarte y Roaboya Nativa; sin embargo, viene comunicando, a través de Facebook, presuntas visitas de ayuda social, algunas sin imágenes y otras con fotos en las que no aparece.

  3. El 28 de mayo de 2020, el señor alcalde solicitó al concejo municipal licencia con goce de remuneraciones por salud por 12 días, y posterior ampliación por 10 días más, para lo cual presentó un certificado de incapacidad temporal para el trabajo y un certificado de descanso médico por enfermedad común, con lo que se acredita que se ausentó por 22 días sin autorización del concejo municipal, además de haber consignado como domicilio el ubicado en jr. 3 de Octubre, mz. “G”, lt. 3, del AA.HH. La Perla, del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, lugar que sería su nueva residencia.

  4. “Por comunicación de tercera persona, se tomó conocimiento de que, mediante Carta Nº 001-2020-MDPM-A, del 28 de mayo de 2020, el señor alcalde delegó atribuciones políticas y funciones administrativas al regidor don Erman Meléndez Ramírez por el periodo de licencia, sin embargo, este no es el teniente alcalde, además, que ante ausencia lo correcto es encargar su Despacho”.

  5. Se realizaron constataciones de ausencia en el domicilio y residencia habitual del señor alcalde, así como en el local institucional, en mayo y junio de 2020, no encontrándose a la referida autoridad.

  6. El señor alcalde y don José Luis Valdivia Chávez, secretario general (e) de la Municipalidad Distrital de Padre Márquez (en adelante, señor secretario general), mediante la Carta (M) Nº 005-2020-MDPM-A-GM-SG/JLVCH, del 13 de mayo de 2020, notificada mediante Whatsapp, el 21 de mayo de 2020, citaron a los señores regidores a la Sesión Ordinaria Nº 009-2020-MDPM-CM, del 18 de mayo de 2020, sin embargo, esta no se realizó, y, por el contrario, se pretendió hacer firmar a los señores regidores un acta cuyo contenido es desconocido por estos, y que fue puesto en conocimiento de la Oficina de Control Interno de la citada comuna.

    Para tales efectos, presentó los siguientes medios probatorios:

  7. Copia del Acta de Sesión Ordinaria Nº 008-2020-MDPM-CM, del 15 de abril de 2020.

  8. Declaraciones Juradas, del 27 de mayo de 2020, suscritas por don Neil Rafael Cairuna Tutusima, jefe de la Comunidad Nativa de Paoyhan, don Oscar Rodríguez Reátegui, responsable del Puesto de Salud de Paoyhan, don Ángel Ovidio Navarro Ramírez, coordinador de Junta Vecinal de la Comunidad Nativa de Paoyhan, don Edinson Navarro Ramírez, primer regidor del Centro Poblado de Roaboya Mestiza, don Richart Flores Silva, teniente gobernador del Centro Poblado de Roaboya Mestiza, don Ángel Gabriel López Saldaña, juez de paz del Centro Poblado de Roaboya Mestiza (en adelante, señor juez de paz), en las que manifiestan que el señor alcalde no visita dichas comunidades hace más de dos meses y que es falso que haya prestado apoyo durante la pandemia por virus Sars-CoV-2(COVID19).

  9. Memoriales, del 6 y 10 de junio de 2020, suscritos por el señor teniente gobernador, el señor juez de paz del Centro Poblado de Roaboya Mestiza y pobladores del Centro Poblado de Roaboya Nativa, en los que manifiestan que el señor alcalde ha estado ausente por más de 3 meses y ha abandonado a dicha población desde el inicio de la cuarentena, pues no llegaron víveres, medicinas ni bonos.

  10. Memorial, del 8 de junio de 2020, suscrito por el señor teniente gobernador y pobladores de la localidad de Puerto Islandia, en el que manifiestan que el señor alcalde no ha visitado dicha población por el lapso aproximado de 4 meses, que es falsa la información que propala en las redes sociales y que rechazan la designación de don Percy Bardales Pérez como gerente municipal de Padre Márquez.

  11. Memorial, del 9 de junio de 2020, suscrito por los pobladores de la localidad de Tiruntán, en el que manifiestan que el señor alcalde no ha cumplido con hacer obras, ni entregar canastas o bonos durante la emergencia sanitaria, y que, además, no visita dicha localidad hace varios meses, incluso antes de la cuarentena, dejando en abandono total a la referida localidad.

  12. Memorial, del 9 de junio de 2020, suscrito por los pobladores de la Comunidad Nativa de Alfonso Ugarte, en el que manifiestan que el señor alcalde no ha cumplido con hacer obras, ni entregar canastas o bonos durante la emergencia sanitaria, y, que, además, no visita dicha localidad hace varios meses, incluso antes de la cuarentena, dejando en abandono total a la mencionada localidad.

  13. Copia del escrito, del 28 de mayo de 2020, dirigido al Concejo Distrital de Padre Márquez, a través del cual el señor alcalde solicitó licencia con goce de remuneraciones por enfermedad, por doce (12) días, a partir del jueves 28 de mayo hasta el lunes 8 de junio de 2020, y del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo Nº A-349-00012827-20, del 28 de mayo de 2020, del Hospital II - EsSalud de Pucallpa, suscrito por doña Lupe Valia Tacuri Astrulla, neumóloga con CMP 50704, con observación: días de incapacidad temporal acumulado: 12 días.

  14. Copia del escrito, del 9 de junio de 2020, dirigido al Concejo Distrital de Padre Márquez, a través del cual el señor alcalde solicitó ampliación de licencia con goce de remuneraciones por enfermedad, por diez (10) días, a partir del martes 9 hasta el jueves 18 de junio de 2020, y del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo Nº A-349-00013056-20, del 9 de junio de 2020, del Hospital II - EsSalud de Pucallpa, suscrito por la referida neumóloga, con observación: días de incapacidad temporal acumulado; 27 días.

  15. Copias de las Cartas Nº 001-2020-MDMP-A y Nº 002-2020-MDMP-A, del 28 de mayo y 9 de junio de 2020, dirigidas a don Erman Meléndez Ramírez y don Enrique Suarez Nunta, regidores del Concejo Municipal de Padre Márquez, a través de las cuales el señor alcalde delega las funciones administrativas del Despacho de Alcaldía, por el periodo de su licencia por salud.

  16. Acta de Constatación, del 11 de junio de 2020, sobre estadía y ausencia, realizada en el domicilio del señor alcalde, suscrita por doña María de Jesús Escobar Baos, jueza de paz accesitaria (en adelante, señora jueza de paz), y pobladores de la localidad de Tiruntán, en la que se consigna que el vecindario señala que dicha autoridad no se apersona ni aparece hace 3 meses aproximadamente.

  17. Acta de Constatación, del 11 de junio de 2020, realizada en las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Padre Márquez, suscrita por la señora jueza de paz y pobladores de la localidad de Tiruntán, en la que dejan constancia de la ausencia del señor alcalde en el Despacho de Alcaldía, así como de funcionarios de confianza designados por dicha autoridad municipal, desde hace 3 meses aproximadamente.

  18. Constancias de ausencia de la jurisdicción, del 19 de mayo, 3 y 18 de junio de 2020, realizada en el domicilio del señor alcalde, así como en el local municipal, suscritas por la señora jueza de paz de la localidad de Tiruntán, en la que manifiesta que no encontró a la citada autoridad edil en los referidos domicilios y que desde el 15 de abril de 2020, el señor alcalde se retiró fuera de la jurisdicción del distrito de Padre Márquez, habiendo sido visto en la ciudad de Pucallpa, que sería su nuevo lugar de residencia permanente.

  19. Constancias de ausencia de la jurisdicción, del 16 y 31 de mayo, y 17 de junio de 2020, realizadas en el domicilio del señor alcalde, así como en el local municipal, suscritas por el señor juez de paz, en las que manifiesta que no encontró a la citada autoridad en los referidos domicilios y que es de público conocimiento que...

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