ACUERDO, Nº 01-2022-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO - Establecen ingreso mensual de Alcalde y ratifican monto de la dieta que percibirá cada Regidor para el Ejercicio Fiscal 2022-ACUERDO-Nº 01-2022-MVMT

Fecha de disposición17 Enero 2022
Fecha de publicación21 Enero 2022

Establecen ingreso mensual de Alcalde y ratifican monto de la dieta que percibirá cada Regidor para el Ejercicio Fiscal 2022

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 01-2022-MVMT

Villa María del Triunfo, 17 de enero de 2022

EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO: El Informe N° 066-2022-UGRH-OAF/MDVMT de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, el Memorándum N° 034-2022-OPPPMI/MDVMT de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, el Informe N° 011-2022-OAJ/MVMT de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 027-2022-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la remuneración mensual que le corresponde al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo y el monto asignado como Dieta de los Regidores, durante el Ejercicio Fiscal 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, según el numeral 28) del Artículo de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la compensación económica de los alcaldes, señala que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores.

Que, asimismo el Artículo 21° de la Ley Nº 27972, señala que: “El alcalde provincial o distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que la fija será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad”. Agregando que: “El monto mensual...

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