RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 127-2021/APCI-DE, ORGANISMOS EJECUTORES, AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL - Aprueban los formatos virtuales para la Declaración Anual 2021-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 127-2021/APCI-DE

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021

Aprueban los formatos virtuales para la Declaración Anual 2021

Resolución Directoral Ejecutiva

Nº 127-2021/APCI-DE

Miraflores, 30 de diciembre de 2021

VISTOS:

El Memorándum N° 1155-2021-APCI/DOC del 23 de diciembre de 2021 de la Dirección de Operaciones y Capacitación (DOC); el Informe N° 0721-2021-APCI/DOC-REG del 23 de diciembre de 2021 de la Subdirección de Registros de la DOC; y, el Informe N° 0239-2021-APCI/OAJ del 30 de diciembre de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, y sus modificatorias, contempla que los organismos perceptores de Cooperación Técnica Internacional (CTI) proporcionarán anualmente a la APCI información referida al monto y a la procedencia de la cooperación recibida para cada plan, programa, proyecto o actividad específica de desarrollo, la cual consignará en el portal de transparencia que al efecto implementará la APCI;

Que, el artículo 79 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 719, aprobado por Decreto Supremo N° 015-92-PCM, y sus modificatorias, regula que las ENIEX inscritas en la APCI tienen el compromiso de comunicar anualmente hasta el 31 de marzo a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la información pertinente, sobre la ejecución y/o finalización de los proyectos y/o programas los que cooperó el año anterior, el Plan Anual de Actividades, para el año iniciado así como cualquier modificación del representante y/o domicilio legal;

Que, el artículo 80 del citado Reglamento contempla que, luego de su inscripción, las ONGD remitirán, hasta el 31 de marzo de cada año, a la APCI...

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