RESOLUCION, N° 000113-2021-INVERMET-GG, GOBIERNOS LOCALES - Aprueban Directiva N° 006-2021-INVERMET-GG denominada “Directiva de Austeridad, Disciplina, Calidad en el Gasto Público y de Ingreso del Personal para el Año Fiscal 2022”-RESOLUCION-N° 000113-2021-INVERMET-GG

Fecha de publicación01 Enero 2022
Fecha de disposición29 Diciembre 2021

Aprueban Directiva N° 006-2021-INVERMET-GG denominada “Directiva de Austeridad, Disciplina, Calidad en el Gasto Público y de Ingreso del Personal para el Año Fiscal 2022”

RESOLUCIÓN N° 000113-2021-INVERMET-GG

Lima, 29 de diciembre de 2021

VISTOS: El Informe N° 000155-2021-INVERMET-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Proveído N° 015496-2021-INVERMET-OAF de la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorando N° 000661-2021-INVERMET-OAJ y el Informe N° 000041-2021-INVERMET-OAJ-CPA de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley N° 22830 se crea el Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET), y de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento del INVERMET, aprobado por Ordenanza N° 2315-2021, éste cuenta con personería de derecho público y autonomía administrativa, económica y técnica en el desempeño de sus funciones de acuerdo a su Ley de creación y a la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, conforme al artículo 18 del citado Reglamento del INVERMET, el Gerente General del INVERMET constituye la máxima autoridad administrativa y Titular de la Entidad, es responsable de ejercer las actividades para planear, organizar, supervisar, conducir, coordinar y controlar la marcha administrativa, económica y financiera de la Entidad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 357-2021-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales (ETE), y asigna al INVERMET el monto S/ 265 881 510,00 (Doscientos sesenta y cinco millones ochocientos ochenta y un mil quinientos diez con 00/100 soles) por concepto de Presupuesto para el Año Fiscal 2022 (ingresos y egresos);

Que, con Resolución N° 000008-2021-CD, el INVERMET aprueba su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) conforme a lo dispuesto por el citado Decreto Supremo;

Que, el artículo 34 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el crédito presupuestario se destina, exclusivamente, a la finalidad para la que haya sido autorizado en los presupuestos, o la que resulte de las modificaciones presupuestarias aprobadas conforme a la citada norma; y que cualquier actuación de las Entidades que generen gasto deben supeditarse, de forma estricta, a los créditos presupuestarios autorizados, quedando prohibido que dichos actos condicionen su aplicación a créditos presupuestarios mayores o adicionales a los establecidos en los Presupuestos, bajo sanción de nulidad;

Que, el literal a) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Directiva N° 010-2019-EF-50.01 “Directiva para la aprobación del presupuesto institucional de apertura y la ejecución presupuestaria de las empresas no financieras y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales”, aprobada por Resolución Directoral N° 034-2019-EF-50.01, establece que la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en la ETE es responsable de conducir el proceso presupuestario, para ello, entre otras, debe cumplir con “Emitir lineamientos operativos pertinentes para la aplicación, a nivel institucional, de la normatividad presupuestal.”;

Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de la precitada Directiva indica que la ETE ejecuta su presupuesto adoptando medidas de austeridad, disciplina y calidad del presupuesto, así como en ingresos del personal, conforme a lo que se establece para dichas ETE en las Leyes anuales de Presupuesto del Sector Público;

Que, el literal f) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que los organismos públicos descentralizados de los gobiernos regionales y locales aprueban mediante Resolución de su Titular las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, las mismas que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2021;

Que, conforme al literal d) del artículo 29 del ROF del INVERMET, la OPP tiene entre sus funciones “Conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, consistente en la programación, formulación, aprobación, ejecución a través de la coordinación y control de la información de ejecución de ingresos y gastos en el Presupuesto y sus modificaciones, y evaluación del Presupuesto Institucional”;

Que, en concordancia con los citados dispositivos legales, la Oficina de Planificación y Presupuesto, mediante Informe de vistos propone la aprobación de la “Directiva de Austeridad, Disciplina, Calidad en el Gasto Público y de Ingreso del Personal para el Año Fiscal 2022”, precisando que dicha Directiva se encuentra ajustada a las disposiciones establecidas en la citada Ley N° 31365, por lo que emite opinión técnica favorable para la aprobación y publicación correspondiente;

Que, la Oficina de Administración y Finanzas (OAF) mediante documento de vistos, en mérito de la revisión realizada al texto de la referida Directiva brinda conformidad a la misma;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante los documentos de vistos, brinda viabilidad legal para la aprobación de la referida Directiva;

Con los vistos de las Oficinas de Planificación y Presupuesto, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; en el marco de sus respectivas competencias; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Ley N° 22830, Ley de Creación del INVERMET; el Decreto Legislativo N° 1440, que aprueba el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 357-2021-EF, Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos Regionales y Gobiernos Locales; la Resolución Directoral N° 034-2019-EF-50.01, que aprueba la Directiva N° 010-2019-EF/50.01 “Directiva para la aprobación del presupuesto institucional de apertura y la ejecución presupuestaria de las empresas no financieras y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales.”; la Ordenanza N° 2315-2021, que aprueba el Reglamento del INVERMET; y la Resolución N° 009-2011-CD, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INVERMET;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobación de directiva

Aprobar la Directiva N° 006-2021-INVERMET-GG denominada “Directiva de Austeridad, Disciplina, Calidad en el Gasto Público y de Ingreso del Personal para el Año Fiscal 2022”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2 Notificación

Notificar la presente Resolución a las Oficinas de Planificación y Presupuesto y de Administración y Finanzas para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución; y a los demás órganos del INVERMET para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3 Publicación

Publicar la presente Resolución y su correspondiente anexo, a que se refiere el artículo 1 que antecede, en el Portal Institucional del INVERMET (www.invermet.gob.pe), y encargar a la Oficina de Administración y Finanzas gestionar la publicación correspondiente en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN PABLO DE LA GUERRA DE URIOSTE

Gerente General

Gerencia General

DIRECTIVA N° 006-2021-INVERMET-GG

DIRECTIVA DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PÚBLICO Y DE INGRESO DEL PERSONAL EN EL FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES – INVERMET PARA EL AÑO FISCAL 2022

ROL ORGANO
Elaborada por Oficina de Planificación y Presupuesto
Revisada por Oficina de Administración y Finanzas
Revisada por Oficina de Asesoría Jurídica
Aprobada por Gerencia General

INDICE

  1. OBJETIVO

  2. FINALIDAD

  3. ALCANCE

  4. BASE LEGAL

  5. DISPOSICIONES GENERALES

  6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

  7. DISPOSICIONES FINALES

  8. VIGENCIA

  9. RESPONSABILIDADES

    DIRECTIVA N° 006-2021-INVERMET-GG

    DIRECTIVA DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO Y DE INGRESOS DEL PERSONAL EN EL FONDO METROPOLITANO DE INVERSIONES - INVERMET PARA EL AÑO FISCAL 2022

  10. OBJETIVO

    Establecer disposiciones internas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, durante la ejecución del presupuesto del Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, de conformidad con lo dispuesto en el literal f), de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31365, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

  11. FINALIDAD

    Constituyen un conjunto de medidas necesarias para la racionalización del gasto público en la Entidad, a fin de propiciar el uso eficiente y eficaz de los fondos públicos asignados, controlando el gasto y fomentando el ahorro efectivo; que asegure el cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales y metas propuestas por el INVERMET, en el marco del Principio de...

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