ORDENANZA, Nº 656-MSS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO - Ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la etapa de reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por la COVID-19-ORDENANZA-Nº 656-MSS

Fecha de disposición30 Diciembre 2021
Fecha de publicación30 Diciembre 2021

Ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la etapa de reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por la COVID-19

ORDENANZA Nº 656-MSS

Santiago de Surco, 23 de diciembre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

POR CUANTO

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 01-2021-CDU-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano, Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 3711-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1138-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 3557-2021-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el memorándum Nº 637-2021-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Económico, los Informes Nº 451-2021-SGCAITSE-GDE-MSS y Nº 422-2021-SGCAITSE-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, el Memorándum Nº 1075-2021-GDS-MSS de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 520-2021-SGBS-GDS-MSS de la Subgerencia de Bienestar Social, OMAPED y DEMUNA, el Informe Nº 1137-2021-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el Memorándum Nº 1096-2021-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal; entre otros documentos que sustentan la propuesta de ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el Área de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área Normativa I y II del distrito, en atención a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el sub numeral 3.6.4 del artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece como funciones exclusivas de las municipalidades distritales “Normar, regular y otorgar autorizaciones, como derechos y licencias y realizar la fiscalización de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación”;

Que, el numeral 3.6 del artículo 83º y el numeral 3.2 del artículo 86º de la mencionada norma, establecen también como funciones exclusivas “Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales industriales y profesionales” y “Ejecutar actividades de apoyo directo a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad”, respectivamente;

Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, mediante el Memorándum N° 637-2021-GDE-MSS del 13.12.2021, tomando en consideración las opiniones favorables emitidas por: la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones en los Informes Nº 451-2021-SGCAITSE-GDE-MSS y Nº 422-2021-SGCAITSE-GDE-MSS, la Gerencia de Participación Vecinal en el Memorándum Nº 1096-2021-GPV-MSS, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa en el Informe Nº 1137-2021-SGFCA-GSEGC-MSS, la Subgerencia de Bienestar Social, OMAPED y DEMUNA en el Informe Nº 520-2021-SGBS-GDS-MSS, la Gerencia de Desarrollo Social en el Memorándum Nº 1075-2021-GDS-MSS, considera viable la aprobación del proyecto de ordenanza que regula la campaña de facilitación para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en el área de tratamiento normativo I, IV y parte del área de tratamiento normativo II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la etapa de reanudación de actividades económicas dentro del marco de la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, lo cual permitirá flexibilizar la aplicación de las normas técnicas y legales que regulan el procedimiento administrativo de licencias de funcionamiento en los establecimientos con las mismas características de homogeneidad urbana que se encuentran en dichas áreas de tratamiento normativo, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los vecinos y alcanzar el desarrollo económico y crecimiento comercial del distrito, a efectos que puedan integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo y la regularización de actividades;

Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum Nº 3711-2021-GM-MSS del 15.12.2021, manifiesta su conformidad sobre la aprobación del referido Proyecto de Ordenanza, la cual se fundamenta en las opiniones favorables emitidas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorándum Nº 3557-2021-GPP-MSS y el Informe Nº 1138-2021-GAJ-MSS, así como en lo señalado por las demás unidades orgánicas pertinentes de esta comuna, debiendo remitirse los actuados al Concejo Municipal para su evaluación y aprobación respectiva; asimismo, señala que dicho proyecto normativo se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de pre publicación establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general;

Estando al Dictamen Conjunto N° 01-2021-CDU-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano, de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos y demás documentos, de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 8) del artículo de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por MAYORÍA, con el voto en abstención del Regidor Ernesto Verde Tiburcio, la siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA LA CAMPAÑA DE FACILITACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I, IV Y PARTE DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO II Y III DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO, EN ATENCIÓN A LA ETAPA DE REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DENTRO DEL MARCO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA PRODUCIDA POR LA COVID-19

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 10
CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

OBJETIVOS Y ALCANCES

Artículo 1° OBJETIVO DE LA ORDENANZA

La presente ordenanza tiene por objeto flexibilizar la aplicación de las normas técnicas y legales que regulan el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento en los establecimientos con las mismas características de homogeneidad urbana que se encuentran en las Áreas de Tratamiento Normativo I, IV y parte del II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la etapa de reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, a fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos emprendedores; alcanzando así el desarrollo económico y el crecimiento comercial del distrito, a efectos que puedan integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo; así como la regularización de las actividades económicas en sectores ya consolidados.

Artículo 2° ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente norma será de aplicación en las Áreas de Tratamiento Normativo I, IV y parte del Área de Tratamiento Normativo II y III del distrito de Santiago de Surco, en atención a la etapa de reanudación de actividades económicas dentro...

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