RESOLUCION VICE MINISTERIAL, N° 000281-2021-VMPCIC/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos bienes muebles procedentes del sitio de Wilamaya Patjxa en el marco del “Proyecto Arcaico cuenca del Titicaca 2019. Adaptación de los primeros pobladores de zonas Alto-Andinas”-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-N° 000281-2021-VMPCIC/MC
Fecha de publicación | 24 Diciembre 2021 |
Fecha de disposición | 22 Diciembre 2021 |
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diversos bienes muebles procedentes del sitio de Wilamaya Patjxa en el marco del “Proyecto Arcaico cuenca del Titicaca 2019. Adaptación de los primeros pobladores de zonas Alto-Andinas”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000281-2021-VMPCIC/MC
San Borja, 22 de diciembre del 2021
VISTOS; el Informe N° 000337-2021-DGM/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000597-2021-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, conforme a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, se define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, el artículo IV del acotado Título Preliminar de la citada norma, señala que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran: i) Los bienes relacionados con la historia, en el ámbito científico, técnico, militar, social y biográfico, así como con la vida de los...
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