RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 1314-2021/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversas unidades ejecutoras de salud del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, por concepto de servicios complementarios en salud del primer nivel de atención y prestaciones adicionales en salud-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 1314-2021/MINSA

Fecha de disposición22 Diciembre 2021
Fecha de publicación23 Diciembre 2021

Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversas unidades ejecutoras de salud del Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao, por concepto de servicios complementarios en salud del primer nivel de atención y prestaciones adicionales en salud

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 1314-2021/MINSA

Lima, 22 de diciembre del 2021

Visto, el Expediente N° 21-158037-001, que contiene el Informe N° 485-2021-DIPLAN-DIGEP/MINSA emitido por la Dirección General de Personal de la Salud, el Proveído N° 1715-2021-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe N° 1342-2021-OP-OGPPM/MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Nota Informativa N° 1252-2021-OGAJ/MINSA, emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se expidió la Resolución Ministerial
N° 1075-2020/MINSA de fecha 28 de diciembre de 2020, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego
011: Ministerio de Salud;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional y se dictan medidas de prevención y control de Coronavirus, el mismo que ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA, 009-2021-SA, y 025-2021-SA, este último prorroga la Emergencia Sanitaria, a partir del 03 de setiembre de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario;

Que, con fecha 06 de diciembre del 2021, se publica en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 083-2021, que tiene por objeto disponer medidas extraordinarias en materia económica y financiera vinculadas al fortalecimiento de la disponibilidad de recursos humanos durante los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año y dicta otras disposiciones;

Que, mediante el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 083-2021, se autoriza excepcionalmente, por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, a los establecimientos de salud del primer nivel de atención categorizados como I-3 y I-4, Equipos de Intervención Integral del Primer Nivel de Atención de Salud o de los Centros de Aislamiento Temporal y Seguimiento (CATS) del primer nivel de atención del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, programar ampliaciones de turno a los profesionales de la salud comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, y del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para realizar servicios complementarios en salud...

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