ORDENANZA, Nº 085-MDMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MI PERU CALLAO - Ordenanza que otorga beneficios tributarios extraordinarios por Navidad y Fin de Año en el distrito de Mi Perú-ORDENANZA-Nº 085-MDMP

Fecha de publicación17 Diciembre 2021
Fecha de disposición17 Diciembre 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo

Ordenanza que otorga beneficios tributarios extraordinarios por Navidad y Fin de Año en el distrito de Mi Perú

ORDENANZA Nº 085-MDMP

Mi Perú, 9 de diciembre del 2021

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE MI PERÚ

VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de manera virtual y presencial de la fecha, el Memorando Nº 2719-2021-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 441-2021/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1312-2021-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesta y Racionalización, el Memorando Nº 303-2021-MDMP/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, así como el Informe Nº 342-2021-MDMP-GAT-SGRRCT de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Control Tributario;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º, modificado por la Ley Nº 30305, y el numeral 4, del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (...)”;

Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: “Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren; en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”;

Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las siguientes los...

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