DECRETO DE ALCALDIA, Nº 027-2021-ALC/MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban el cronograma y plan de actividades del “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022”-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 027-2021-ALC/MSI

Fecha de publicación16 Diciembre 2021
Fecha de disposición15 Diciembre 2021

Aprueban el cronograma y plan de actividades del “Matrimonio Civil Virtual Comunitario 2022”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 027-2021-ALC/MSI

San Isidro, 15 de diciembre del 2021

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTOS: el Memorando Vía Remota N° 245-2021-0600-SG/MSI de la Secretaría General; el Memorándum N° 178-2021-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Memorándum N° 298-2021-01.1.0-GCIM/MSI de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Memorándum Vía Remota Nº 335 -2021-0130-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe Vía Remota N° 693-2021-1510-SSBD-GDH/MSI de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deportes; y, el Informe Vía Remota N° 207-2021-040CM-GAJ/MSI y el Informe Vía Remoto Nº 517-2021-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, indica que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, por su parte, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; siendo que de conformidad con el artículo IV del referido Título Preliminar, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con la Norma IV del TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, señala que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley;

Que, el artículo 42° de la mencionada norma legal prescribe que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 372-MSI y sus modificatorias, se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)...

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