RESOLUCION.Nº 071-2021-SUNASS-CD.Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión que aplicará EPS GRAU S.A. en el periodo regulatorio 2022-2027, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios.servicios colaterales que brinda a sus usuarios. Que, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras... -
Fecha de disposición | 15 Diciembre 2021 |
Fecha de publicación | 15 Diciembre 2021 |
AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA
Resolución de Consejo Directivo
Nº 071-2021-SUNASS-CD
Resolución que aprueba
la fórmula tarifaria, estructura
tarifaria, metas de gestión que
aplicará EPS GRAU S.A. en el periodo
regulatorio 2022-2027, así como
los costos máximos de las unidades
de medida de las actividades
requeridas para determinar los
precios de los servicios colaterales
que presta a sus usuarios
NORMAS LEGALES
separata especial
Miércoles 15 de diciembre de 2021
resolución de consejo directivo Nº 071-2021-SUNASS-CD |
Lima, 10 de diciembre de 2021
VISTO:
El Memorándum N° 234-2021-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta final para el quinquenio regulatorio 2022-2027; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS GRAU S.A.1 (en adelante EPS GRAU) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 009-2016-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria (actualmente Dirección de Regulación Tarifaria) admitió a trámite la solicitud de EPS GRAU para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que brinda a sus usuarios.
Que, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras2 (Reglamento Nuevo), la segunda disposición complementaria transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio concluirá en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo.
Que, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas (RGT), aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias, tal como es en el caso de EPS GRAU.
Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT.
Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el RGT, se ha cumplido con: i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 29 de octubre de 2021.
Que, la Dirección de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo X del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS GRAU en el quinquenio regulatorio 2022-2027.
Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS GRAU y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa.
Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres3 se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma.
Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento4 y su reglamento5 se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.
Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 9 de diciembre de 2021.
HA RESUELTO:
Artículo 4°. - Disponer la creación de: un fondo para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora; así como las reservas para: 1) la implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD); 2) la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); 3) la implementación del plan de control de calidad (PCC) y 4) el pago de la deuda concursal.
Para constituir el fondo de inversiones y las reservas señaladas en el párrafo anterior, EPS GRAU S.A. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2022-2027, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado y cargo fijo (sin considerar el impuesto general a las ventas ni el impuesto de promoción municipal) que se indican en el Anexo N° 4 de la presente resolución.
Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes al fondo de inversiones o a las reservas antes señaladas, la SUNASS tomará las acciones correspondientes de conformidad al Reglamento General de Fiscalización y Sanción de las EPS6, así como también comunicará este hecho al titular de las acciones representativas del capital social de EPS GRAU S.A. y a la Contraloría General de la República.
El estudio tarifario se publicará en el portal institucional de la SUNASS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI
Presidente Ejecutivo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS |
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SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS GRAU S.A.
El estudio tarifario elaborado por la Dirección de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU S.A. para el quinquenio regulatorio 2022-2027. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión...
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