ORDENANZA, Nº 000436-2021-MDI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA - Ordenanza que aprueba el costo por derecho de emisión del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2022-ORDENANZA-Nº 000436-2021-MDI
Fecha de publicación | 14 Diciembre 2021 |
Fecha de disposición | 29 Noviembre 2021 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Ordenanza que aprueba el costo por derecho de emisión del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2022
ORDENANZA Nº 000436-2021-MDI
Independencia, 29 de noviembre del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 29 de noviembre del 2021, el Memorando Nº 000390-2021-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Legal Nº 000214-2021-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 001483-2021-GM-MDI respecto al Proyecto de “Ordenanza que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022”; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, tal como dispone el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la ley.
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y sus modificatorias, las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso dicha valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas;
Que, la sétima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2085 la Municipalidad Metropolitana de Lima dispone que las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada deberán ser ratificadas anualmente; sin perjuicio de ello, el acuerdo de concejo ratificatorio tendrá vigencia máxima de dos (02) ejercicios...
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