RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000407-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Callao, Cusco, Ica, La Libertad, Lima, Lima Norte, Loreto, Junín, Puno y San Martín adopten acciones para llevar a cabo el Mapeo de Procesos en el marco del Proyecto “Mejoramiento de la Plataforma Tecnológica de los Procesos Judiciales No Penales a Nivel Nacional (Expediente Judicial Electrónico - EJE)'-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000407-2021-CE-PJ

Fecha de disposición06 Diciembre 2021
Fecha de publicación10 Diciembre 2021
SecciónSección Única

Disponen que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Callao, Cusco, Ica, La Libertad, Lima, Lima Norte, Loreto, Junín, Puno y San Martín adopten acciones para llevar a cabo el Mapeo de Procesos en el marco del Proyecto “Mejoramiento de la Plataforma Tecnológica de los Procesos Judiciales No Penales a Nivel Nacional (Expediente Judicial Electrónico - EJE)”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000407-2021-CE-PJ

Lima, 6 de diciembre del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 000211-2021-OCP-GG-PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Coordinación de Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que las acciones adoptadas por el Poder Judicial para el mejoramiento y modernización del servicio de administración de justicia presentan como ejes principales: a) La implementación de nuevas tecnologías en el trámite de los expedientes judiciales; b) La reorganización de los despachos judiciales; y, por consiguiente, c) Una reforma en el soporte de gestión administrativa. Con tal fin, la implementación y uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones, en el servicio de administración de justicia, implican necesariamente un cambio de modelo de los despachos judiciales; así como un cambio de diseño del soporte administrativo, acciones que no pueden ser aisladas, sino coordinadas, integradas y entrelazadas entre sí, dado que el éxito de una depende de las otras, conforme lo establece la Resolución Administrativa Nº 484-2019-CE-PJ.

Segundo. Que, asimismo, en la mencionada resolución se dispuso constituir la “Comisión Nacional de Gestión e Innovación Tecnológica del Poder Judicial”, la misma que se encuentra integrada por la Presidenta del Poder Judicial y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial, Presidente de la Comisión de Trabajo del “Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; y, la Gerente General del Poder Judicial, siendo asistida por el Gerente/a de Desarrollo Corporativo en calidad de Secretario/a Técnico/a y un equipo técnico y de asesoramiento integrado por el Gerente de Informática, Jefe de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial y el Gerente de Servicios Judiciales y Recaudación.

Tercero. Que, la referida Comisión tiene como funciones proponer, coordinar y monitorear las acciones para el mejoramiento y modernización del servicio de administración de justicia, respecto: a) La implementación de nuevas tecnologías en el trámite de los expedientes judiciales, en especial las derivadas de la ejecución del Programa “Mejoramiento de los Servicios de Justicia no penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE)”; b) La reorganización de los despachos judiciales; y, c) La reforma en el soporte de gestión administrativa. Acciones que deberán ser desarrolladas de manera coordinada, integrada y sistemática, a través de esta Comisión.

Cuarto. Que, en este contexto, en el Componente 3 del Estudio de Pre Inversión a Nivel Perfil del Proyecto “Mejoramiento de la Plataforma Tecnológica de los Procesos Judiciales No Penales a Nivel Nacional (Expediente Judicial Electrónico - EJE), se indica que para la implementación del...

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