ORDENANZA, Nº 001-2021-GRL-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - Aprueban la Estrategia Regional para el Desarrollo Integral de las Adolescencias de Loreto 2020-2030.-ORDENANZA-Nº 001-2021-GRL-CR
Fecha de publicación | 04 Diciembre 2021 |
Fecha de disposición | 15 Febrero 2021 |
Aprueban la Estrategia Regional para el Desarrollo Integral de las Adolescencias de Loreto 2020-2030
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
Nº 001-2021-GRL-CR
Villa Belén, 15 de febrero del 2021
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE
LORETO
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Loreto, en sesión ordinaria Modo Virtual Plataforma ZOOM, de fecha 15 de febrero del año 2021, en uso de sus atribuciones y luego de la revisión y evaluación de la documentación que antecede, respeto del sustento de la solicitud de la puesta en marcha del Proyecto de Ordenanza Regional, que Aprueba la ESTRATEGIA REGIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS ADOLESCENCIAS DE LORETO 2020 – 2030; y luego de la revisión y aprobación del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social por UNANIMIDAD de sus Miembros y estando al contenido de los informes técnicos y legales favorables, que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes, acordó por UNANIMIDAD, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobar la siguiente Ordenanza Regional, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191º, establece que los Gobiernos Regionales, tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 6), dictar normas inherentes a la gestión regional;
Que, la Ley N.º 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 10º, numeral 1, literal m), establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, dictar las normas en asuntos y materias de su competencia. Asimismo, el inciso a) del artículo 15º, establece, como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Asimismo, el inciso b), del artículo 45º establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales, se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y demás leyes de la República, indicando como función normativa y reguladora la elaboración y aprobación de normas de alcance regional...
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