RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000451-2021-P-CSNJPE-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen el cumplimiento obligatorio de diversas medidas administrativas por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en el periodo comprendido del 1 al 31 de diciembre de 2021-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000451-2021-P-CSNJPE-PJ

Fecha de disposición01 Diciembre 2021
Fecha de publicación02 Diciembre 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Disponen el cumplimiento obligatorio de diversas medidas administrativas por parte de los jueces de todos los niveles y del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en el periodo comprendido del 1 al 31 de diciembre de 2021

Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada

Presidencia de la Corte Superior Nacional

de Justicia Penal Especializada

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000451-2021-P-CSNJPE-PJ

Lima, 1 de diciembre del 2021

ANTECEDENTES:

  1. La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN- emitió la Resolución Administrativa Nº 000392-2021-P-CSNJPE-PJ, de fecha 01 de noviembre de 2021 en mérito a la Resolución Administrativa N.º 000351-2021-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de octubre de 2021, que estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 30 de noviembre de 2021.

  2. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000399-2021-CE-PJ, de fecha 30 de noviembre de 2021, estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 31 de diciembre de 2021.

FUNDAMENTOS:

La Resolución Administrativa Nº 000399-2021-CE-PJ fija un marco general que rige el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 01 al 31 de diciembre de 2021 en consonancia con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo. En ese orden de ideas, con la finalidad de asegurar la adecuada continuación y acceso a la prestación de los servicios que brinda esta CSN, así como salvaguardar la salud y bienestar de los jueces, personal jurisdiccional, administrativo y usuarios del sistema judicial; es menester que esta Presidencia, ejecute las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo con las adaptaciones propias en función a las características de nuestra Corte:

  1. Sobre el trabajo presencial diario de los magistrados: estando a las atribuciones y facultades delegadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a los Presidentes de las Cortes Superiores del país y en mérito a que esta Corte Superior Nacional tiene a su cargo los casos más complejos que versan sobre graves delitos cometidos en el marco una organización criminal, estos procesos requieren de una mayor cantidad de tiempo para su investigación y juzgamiento, esa nota distintiva, marca una pauta de no tratar igual a lo desigual y nos permite formular las siguientes premisas para luego arribar a una conclusión: a) en esta CSN existen despachos que llevan adelante juicios o audiencias con el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Código Procesal Penal de 2004, que demandan en muchos casos la planificación de audiencias en horarios de la mañana y la tarde, b) los magistrados de esta Corte Superior cuentan con despachos privados que garantizan las medidas de bioseguridad establecidas, para conjurar los riesgos de contagio generados por la pandemia provocada por la COVID-19, c) la CSN cuenta con un total de 51 magistrados, de los cuales más de una tercera parte está realizando trabajo remoto por presentar una comorbilidad personal. En este sentido concluimos que resulta necesario optimizar la atención a los justiciables en jornadas laborales presenciales, que garanticen la prestación del servicio de impartición de justicia de manera célere en los casos complejos y de trascendencia nacional e internacional de competencia de esta superior corte, en ese sentido, atendiendo a la dinámica funcional y la necesidad de servicio en el contexto de las necesidades, condiciones y articulación interinstitucional (eje transversal de la gestión del cambio), los magistrados de todos los niveles -que no sean vulnerables- deberán realizar trabajo presencial diario durante el mes de diciembre en el horario de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, siendo la hora de refrigerio desde las 13.00 hasta las 14.00 horas, debiendo registrar sus ingresos y salidas en los registros de asistencia diaria establecidos para tal fin, conforme lo prevé la Resolución Administrativa Nº 000415-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 12 de noviembre de 2021.

  2. Sobre el trabajo presencial diario de los servidores judiciales: con relación al personal jurisdiccional y administrativo, se tienen las siguientes premisas: a) los trabajadores adscritos a la Administración y la Presidencia de la Corte, han venido laborando todos los días de la semana en el horario de 8:00 a 17:00 con una hora de refrigerio, adoptando las medidas sanitarias que ha...

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