DECRETO DE ALCALDIA, Nº 015-2021-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 015-2021-MDB

Fecha de disposición28 Octubre 2021
Fecha de publicación20 Noviembre 2021

Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco

Decreto de Alcaldía

Nº 015-2021-MDB

Barranco, 28 de octubre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

BARRANCO VISTOS:

El Memorándum Múltiple Nº 007-2021-GPPM-MDB, los Memorándum Nº 843, 855, 909, 922, 956 y 960-2021-GPPM-MDB y el Informe Nº 104-2021-GPPM-MDB emitidos por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los Informes Nº 136, 188, 223 y 240-2021-SGC-GDE-MDB emitidos por la Sub Gerencia de Comercialización, los Informes Nº 125 y 137-2021-SGGRD-GDE-MDB emitidos por la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastre, los Memorándum Nº 205, 277, 284, 319, 320 y 335- 2021-GDE-MDB emitidos por la Gerencia de Desarrollo Económico, el Memorándum Nº 1174-2021-SG- MDB emitido por la Secretaría General, el informe Nº 364-2021-SGOPCYCU-GDU-MDB emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, el Memorándum Nº 290-2021-GDU-MDB emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, los Memorándum Nº 325 y 362-2021-GM-MDB emitidos por la Gerencia Municipal, el Memorándum Nº 080-2021-GAJ-MDB y los informes Nº 389 y 402-2021- GAJ-MDB emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194º, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; en concordancia con el artículo el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo...

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