RESOLUCION MINISTERIAL, N° 321-2021-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Aprueban el “Plan de Estrategia Publicitaria del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA Año 2021” del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 321-2021-MIMP

Fecha de publicación19 Noviembre 2021
Fecha de disposición18 Noviembre 2021
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NORMAS LEGALES
Viernes 19 de noviembre de 2021
El Peruano
/
cumplido con los indicadores de la Estrategia “Ponte en
#ModoNiñez”, aprobada por Decreto Supremo N° 020-
2021-MIMP;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de
Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ocina General de
Asesoría Jurídica y de la Dirección de Sistemas Locales
y Defensorías;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba
Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Supremo
N° 020-2021-MIMP, que aprueba la Estrategia “Ponte en
#ModoNiñez”; y, en el Texto Integrado del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer
y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución
Ministerial N° 208-2021-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Lista de las Instituciones que
han cumplido con los indicadores de la Estrategia “Ponte
en #ModoNiñez”, aprobada por Decreto Supremo N° 020-
2021-MIMP, que en anexo forma parte de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su
anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp),
el mismo día de la publicación de la referida Resolución
Ministerial en el diario ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANAHÍ DURAND GUEVARA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2013079-1
Aprueban el “Plan de Estrategia Publicitaria
del Programa Nacional para la Prevención
y Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar
- AURORA Año 2021” del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 321-2021-MIMP
Lima, 18 de noviembre de 2021
VISTOS, el Ocio N° D001530-2021-MIMP-AURORA-
DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para
la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA;
el Informe Técnico N° D000001-2021-MIMP-OC de la
Ocina de Comunicación; el Informe D000360-2021-
MIMP-PRE de la Ocina de Presupuesto; el Informe
D000265-2021-MIMP-OP de la Ocina de Planeamiento;
el Informe N° D000230-2021-MIMP-OMI de la Ocina de
Modernización Institucional; el Memorándum D000725-
2021-MIMP-OGPP de la Ocina General de Planeamiento
y Presupuesto y el Informe N° D000225-2021-MIMP-
OGAJ de la Ocina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 28874, Ley que Regula la
Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales
para el uso de los recursos que las instancias del
Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local,
destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio
y televisión;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 28874, señala que se
entenderá por publicidad institucional a aquella que tiene
por nalidad promover conductas de relevancia social,
tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación
del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras,
así como la difusión de los planes y programas a cargo de
las entidades y dependencias;
Que, el literal a) del artículo 3 de la precitada Ley,
dispone que, para la autorización de la realización
de publicidad estatal, debe cumplirse con un Plan
de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y
atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas
que deben adecuarse a los objetivos y prioridades
establecidos en los programas sectoriales;
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
Vulnerables - MIMP, prevé que dicho Ministerio tiene
como nalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y
supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y de
las poblaciones vulnerables consideradas como grupos
de personas que sufren discriminación o situaciones
de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos
mayores, personas con discapacidad, desplazados
y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus
derechos, con visión intersectorial;
Que, mediante Decreto Supremo N°
008-2001-PROMUDEH, modicado por Decreto Supremo
N° 018-2019-MIMP se crea el Programa Nacional para
la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, en
adelante Programa Nacional AURORA, el cual tiene como
objetivo implementar y promover servicios especializados
de prevención de la violencia contra las mujeres,
integrantes del grupo familiar y personas afectadas por
violencia sexual, así como de atención y de protección
a las víctimas, siendo su intervención a nivel nacional,
priorizando aquellas zonas con mayores índices de
violencia hacia las mujeres, integrantes del grupo familiar
y cualquier persona afectada por violencia sexual;
Que, con Ocio N° D001530-2021-MIMP-AURORA-
DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional
AURORA remite al Despacho Viceministerial de la Mujer
del MIMP el “Plan de Estrategia Publicitaria del Programa
Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia
contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar –
AURORA Año 2021”, así como las opiniones favorables
de la Subunidad de Comunicación e Imagen y de las
Unidades de Prevención, de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización y de Asesoría Jurídica del citado Programa
Nacional, a n de continuar con el trámite correspondiente
para su aprobación;
Que, los literales a) y b) del artículo 63 del Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-
MIMP, establecen que son funciones de la Ocina de
Comunicación diseñar, elaborar, ejecutar y evaluar el
Plan de Comunicación Estratégica y el Plan de Estrategia
Publicitaria del MIMP, en coordinación con los órganos
de la Alta Dirección, los órganos de línea y los órganos
de administración interna correspondientes, así como
recepcionar, revisar y emitir opinión sobre propuestas
de planes y estrategias publicitarias de los órganos y
programas del MIMP;
Que, con Informe Técnico N° D000001-2021-MIMP-
OC, la Ocina de Comunicación emite opinión favorable
para la aprobación del “Plan de Estrategia Publicitaria
del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación
de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del
Grupo Familiar – AURORA Año 2021” y precisa que la
Subunidad de Comunicación e Imagen del Programa
Nacional AURORA es la responsable del seguimiento y
evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos
y metas considerados en el citado Plan y sus resultados
deben ser informados de manera trimestral a la Secretaría
General del MIMP;
Que, con Memorándum D000725-2021-
MIMP-OGPP, la Ocina General de Planeamiento y
Presupuesto hace suyo el Informe N° D000360-2021-
MIMP-PRE de la Ocina de Presupuesto, el Informe N°
D000265-2021-MIMP-OP de la Ocina de Planeamiento
y el Informe N° D000230-2021-MIMP-OMI de la Ocina
de Modernización Institucional, a través de las cuales:
i) la Ocina de Presupuesto, dentro del ámbito de su
competencia funcional y luego de efectuar un análisis
al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora
009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar
y Sexual (hoy Programa Nacional AURORA), donde
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 19/11/2021 03:32

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