RESOLUCION, N° 197-2021-PROMPERÚ/GG, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO - Modifican la Carta de Servicios de PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG, y dictan otras disposiciones-RESOLUCION-N° 197-2021-PROMPERÚ/GG

Fecha de disposición10 Noviembre 2021
Fecha de publicación12 Noviembre 2021

Modifican la Carta de Servicios de PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG, y dictan otras disposiciones

Resolución de Gerencia General

N° 197-2021-PROMPERÚ/GG

Lima, 10 de noviembre del 2021

VISTOS: El Informe N° 046-2021-PROMPERÚ/GG-OPP y el Memorándum Múltiple N° 008-2021-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 498-2021-PROMPERÚ/DT de la Dirección de Promoción del Turismo, el Informe N° 020-2021-PROMPERÚ/DT-STR de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, el Memorándum N° 230-2021-PROMPERÚ/DX de la Dirección de Promoción de las Exportaciones y el Informe N° 006-2021-PROMPERÚ/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial;

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la...

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