RESOLUCION, N° 158-2021-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Aprueban expedición mediante agente automatizado del certificado literal de partida registral, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), con ámbito nacional-RESOLUCION-N° 158-2021-SUNARP/SN

Fecha de disposición08 Noviembre 2021
Fecha de publicación11 Noviembre 2021

Aprueban expedición mediante agente automatizado del certificado literal de partida registral, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), con ámbito nacional

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 158-2021-SUNARP/SN

Lima, 8 de noviembre de 2021

VISTOS; el Informe Técnico N° 116-2021-SUNARP-SOR/DTR del 04 de octubre de 2021 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 1348-2021-SUNARP-OGA del 23 de setiembre de 2021 de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° 963-2021-SUNARP/OGPP del 23 de setiembre de 2021 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N°948-2021-SUNARP/OGTI del 23 de setiembre de 2021 de la Oficina General de Tecnologías de la Información; así como el Informe N°826-2021-SUNARP/OGAJ del 20 de setiembre de 2021 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos;

Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y...

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