ORDENANZA, Nº 018-2021-MPMN, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO - Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación para el Mercado de Abastos en el Sector A-15 del Centro Poblado de Chen Chen-ORDENANZA-Nº 018-2021-MPMN

Fecha de publicación30 Octubre 2021
Fecha de disposición30 Octubre 2021

Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación para el Mercado de Abastos en el Sector A-15 del Centro Poblado de Chen Chen

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 018-2021-MPMN

Moquegua, 23 de setiembre de 2021

EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”

VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 22-09-2021, el Dictamen Nº 019-2021-CDUAAT-MPMN de Registro Nº 2123897 de fecha 16-09-2021, Informe Legal Nº 759-2021-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2115410 de fecha 24-06-2021 sobre PROPUESTA DE CAMBIO DE ZONIFICACION PARA EL MERCADO DE ABASTOS EN EL SECTOR A-15 DEL CENTRO POBLADO DE “CHEN CHEN”; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972;

Que, mediante Oficio Nº 304-2019-A/MCPCHCH de fecha 09-09-2019 el Alcalde del Centro Poblado de Chen Chen se dirige al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto haciéndole conocer de la necesidad de contar con un terreno destinado al comercia y/o Mercado de Abastos, para su equipamiento; lo que está orientado a consolidar el proyecto de Distritalización de Chen Chen, pendiente ante la PCM, por lo que es necesario contar con el equipamiento de instituciones públicas. Que en Chen Chen existe el Sub Sector A-15, considerada como “Área de Recreación”, que supera el porcentaje de aportes mínimos, según normas. Si bien son áreas consideradas intangibles, según Ordenanza Municipal 009-2014-MPMN, pero, en base a la situación técnico legal, pide que se dé el Cambio de Zonificación a otros usos, para lograr el bienestar y desarrollo del Centro Poblado de Chen Chen. Por lo que pide atender dicha modificatoria del predio considerando la figura de Necesidad y Utilidad Pública, por el Concejo de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, por la causal que señala en el numeral 2) del Art. 96 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, como es la instalación y funcionamiento de servicios públicos locales. Hace presente que el área requerida para infraestructura del Mercado Chen Chen tiene un área de 5,653 m2;

Que, mediante Informe Nº 729-2021-SPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN de fecha 28-05-2021 el Sub Gerente de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial informa al Gerente de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial que según el Art. 73 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que a las Municipalidades Provinciales le corresponde planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial en el nivel provincial, también son responsables de i8mpulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de la provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los proceso de planeación de desarrollo local de carácter distrital. Que con Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN se aprobó el reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS). Indica que según el Art. 99 define que la Zonificación, es un Instrumento Técnico Normativo de gestión urbana, que contiene el conjunto de norma técnica urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de...

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