RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 000099-2021-OTASS/DE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Aprueban la reducción del presupuesto institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, correspondiente al Año Fiscal 2021, por la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 000099-2021-OTASS/DE

Fecha de disposición28 Octubre 2021
Fecha de publicación29 Octubre 2021

Aprueban la reducción del presupuesto institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, correspondiente al Año Fiscal 2021, por la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 000099-2021-OTASS/DE

Lima, 28 de octubre de 2021

VISTOS:

El Informe N° 000195-2021-OTASS-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal N° 000442-2021-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, dentro del marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 24-2020-OTASS/CD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, hasta por la suma de S/ 125 385 667.00;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 316-2018-EF, en adelante el Decreto Supremo, se aprueba una Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF y Endeudamiento Interno mediante emisión de Bonos Soberanos;

Que, conforme lo dispuesto en el inciso 1.1 del artículo 1 del referido Decreto Supremo, se aprueba la operación de endeudamiento externo, a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huaral y EMAPA Huacho”;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo, establece que la Unidad Ejecutora del Programa de Inversión “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA Barranca, EMAPA Huaral y EMAPA Huacho” es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) a cargo del componente 2 y el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) a cargo de los componentes 1 y 3 del Programa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 027-2019-OTASS/DE se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: denominada “Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS” en el Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los...

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