ORDENANZA, Nº 302-2021/MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA - Ordenanza Municipal que aprueba los aranceles de costas procesales y gastos administrativos y el procedimiento para el pago del arancel social de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad Distrital de Pucusana-ORDENANZA-Nº 302-2021/MDP

Fecha de disposición13 Octubre 2021
Fecha de publicación24 Octubre 2021

Ordenanza Municipal que aprueba los aranceles de costas procesales y gastos administrativos y el procedimiento para el pago del arancel social de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad Distrital de Pucusana

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 302-2021/MDP

Pucusana, 13 de octubre de 2021

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PUCUSANA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE

PUCUSANA;

VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de la fecha, el Informe Nº 276-2021-SGRYEC-GAT/MDP de fecha 02 de agosto de 2021 de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Informe Nº 241-2021-GAT/MDP de fecha 03 de agosto de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorando Nº 701-2021-GM/MDP de fecha 05 de agosto de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 125-2021-GPP-MDP de fecha 10 de agosto de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando Nº 732-2021-GM/MDP de fecha 11 de agosto de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 229-2021-GAJ/MDP de fecha 13 de agosto de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando Nº 756-2021-GM/MDP de fecha 17 de agosto de 2021 de la Gerencia Municipal, Memorándum Nº 643-2021-SG/MDP de fecha 19 de agosto de 2021 de la Secretaria General, Memorando Nº 774-2021-GM/MDP de fecha 23 de agosto de 2021 de la Gerencia Municipal, Memorando Nº 404-2021-GAT/MDP de fecha 23 de agosto de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorando Nº 405-2021-GAT/MDP de fecha 23 de agosto de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 341-2021-SGRH-GAF/MDP de fecha 26 de agosto de 2021 de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, Informe Nº 1245-2021-SGLYCP/GAF/MDP de fecha 03 de setiembre de 2021 de la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, Memorando Nº 442-2021-GAT/MDP de fecha 13 de setiembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 327-2021-SGRYEC/GAT/MDP de fecha 14 de setiembre de 2021 de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe Nº 286-2021-GAT/MDP de fecha 15 de setiembre de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorando Nº 843-2021-GM/MDP de fecha 17 de setiembre de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 152-2021-GPP-MDP de fecha 21 de setiembre de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Legal Nº 259-2021-GAJ/MDP de fecha 27 de setiembre de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 868-2021-GM/MDP de fecha 30 de setiembre de 2021 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanza y Acuerdos; y el numeral 8) del artículo 9º de la referida Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

Que, el artículo 40º del dispositivo legal antes citado prescribe que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”.

Que, el numeral 9.1) del artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece que, se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación; también serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento.

Que, el numeral 10.1) del artículo 10º de la norma antes acotada dispone que, el ejecutor, bajo responsabilidad, liquidará las costas ciñéndose al arancel de costas procesales aprobado conforme a lo dispuesto por dicha ley.

Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979, modificada por la Ley Nº 28892, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá, mediante Decreto Supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación por parte del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales; y en tanto no se publique el referido decreto es necesario aprobar el nuevo cuadro arancelario de costas y gastos procesales.

Que, el Decreto Supremo sobre los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos que indica la norma antes citada, aún no ha sido expedido; no obstante, ello no impediría que la Municipalidad Distrital de Pucusana pueda fijar los gastos y costas procesales a aplicarse en la Entidad Edil, la cual podría posteriormente adecuarse a los topes máximos.

Que, el numeral 72.2) del artículo 72º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que toda Entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos.

Que, mediante Informe Nº 276-2021-SGRYEC-GAT/MDP de fecha 02 de agosto de 2021, la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva comunica a la Gerencia de Administración Tributaria que existe la necesidad de aprobar el “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba Los Aranceles de Costas Procesales y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Pucusana” en merito a lo establecido por el numeral 9.1) del artículo 9º en concordancia con el numeral 25.4) del artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, el cual establece que, las costas y gastos procesales en que haya incurrido la entidad en la tramitación de los procedimientos de ejecución coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos.

Que, mediante Informe Nº 241-2021-GAT/MDP de fecha 03 de agosto de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria haciendo suyo lo vertido por parte de la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, emite opinión técnica favorable y solicita a la Gerencia Municipal la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba Los Aranceles de Costas Procesales y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Pucusana”. Precisando que, en tanto no se publique el Decreto Supremo al que hace alusión la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenando de la Ley de Ejecución Coactiva, es necesario aprobar un cuadro arancelario de costos y gastos procesales, a fin de sostener los gastos en que incurre la Corporación Municipal.

Que, mediante Memorando Nº 701-2021-GM/MDP de fecha 05 de agosto de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la emisión de opinión técnica respecto a la viabilidad de la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba Los Aranceles de Costas Procesales y Gastos Administrativos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Pucusana”.

Que, mediante Informe Nº 125-2021-GPP-MDP de fecha 10 de agosto de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica declarando viable la aprobación del “Proyecto de Ordenanza Que Aprueba Los Aranceles de Costas Procesales y Gastos...

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