RESOLUCION, N° 114-2021-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA - Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Católica San Pablo, y reconocen la creación de diversos programas de estudio conducentes a grado académico de maestro bajo la modalidad semipresencial-RESOLUCION-N° 114-2021-SUNEDU/CD

Fecha de disposición19 Octubre 2021
Fecha de publicación21 Octubre 2021

Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Católica San Pablo, y reconocen la creación de diversos programas de estudio conducentes a grado académico de maestro bajo la modalidad semipresencial

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

N° 114-2021-SUNEDU/CD

Lima, 19 de octubre de 2021

VISTOS:

La Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario N° 023025-2021-SUNEDU-TD del 12 de mayo de 2021, presentada por la Universidad Católica San Pablo (en adelante, la Universidad), y el Informe Técnico de Modificación de Licencia
N° 039-2021-SUNEDU-02-12 del 12 de octubre de 2021 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic); y,

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes

    De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento.

    El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico.

    El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y sus modificatorias1 (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional, el cual permite a la Sunedu verificar y garantizar que la modificación solicitada no incida negativamente en las CBC que la universidad acreditó a nivel institucional.

    Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 042-2017-SUNEDU/CD del 18 de octubre de 2017, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 22 de octubre de 2017, se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario, con una vigencia de seis (6) años, en sus tres (3) locales2, reconociéndose que su oferta educativa está compuesta por doce (12) programas existentes 3, de los cuales nueve (9) conducen a grado académico de bachiller y título profesional; y tres (3), al grado académico de maestro.

    Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, que, entre otros, modifica los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorpora los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento; los mismos que establecen los supuestos para la modificación de licencia institucional4; consignándose, además, los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables.

    Mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 179-2019-SUNEDU/CD del 30 de diciembre de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2019, se aprobó la modificación de licencia institucional, reconociéndose la creación de un nuevo establecimiento (SL04)5, el cual cuenta con laboratorios y talleres para brindar el servicio conducente a grado académico y título profesional de los programas de estudio impartidos por la Universidad; asimismo, se reconoció la creación de once (11) nuevos programas de estudios6: Seis (6) conducentes al grado académico de maestro; cuatro (4) conducentes a grado académico de bachiller y título profesional; y uno (1) conducente a título de segunda especialidad profesional, los cuales serán impartidos en su local SL017 y harán uso de laboratorios y talleres ubicados en los locales SL028 y SL049. A su vez, se resolvió establecer requerimientos10 a la Universidad para la presentación de información periódica vinculada con las CBC.

    El 17 de enero de 2020, la Universidad presentó el documento N° 041.2020.SG.UCSP11, mediante el cual advierte, entre otros, errores materiales en la Resolución del Consejo Directivo N° 179-2019-SUNEDU/CD, en relación con los programas de estudios de “Ingeniería Ambiental con mención en Gestión Ambiental (P19)” e “Ingeniería Ambiental con mención en Salud y Remediación Ambiental (P20)”.

    Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 126-2020-SUNEDU-CD del 27 de octubre de 2020, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de octubre de 2020, se rectifican los errores materiales recogidos en el segundo extremo resolutivo y toda referencia que se realice a la cantidad de programas en la parte considerativa de la Resolución del Consejo Directivo N° 179-2019-SUNEDU/CD, en tal sentido, toda referencia respecto al referido extremo y a la cantidad de programas académicos, debe entenderse conforme se detalla a continuación:

    SEGUNDO: APROBAR la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Católica San Pablo y RECONOCER la creación de diez (10) programas de estudio: seis (6) conducentes al grado académico de maestro; tres (3) conducentes a grado académico de bachiller y título profesional; y uno (1) conducente a título de segunda especialidad profesional, a impartirse en su local SL01, ubicado en Urb. Campiña Paisajista S/N Quinta Vivanco, los mismos que harán uso de los laboratorios y talleres de los locales SL02, ubicado en Calle Sucre 601, Cercado; y, SL04, ubicado en Calle Ripacha 171, Cercado, todos en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; sumándose a la oferta del servicio educativo superior universitario, reconocida en la Resolución del Consejo Directivo N° 042-2018-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional.

    12

    Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modificación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, el numeral 5 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu13 y el literal c) del numeral 31.114 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento establecen como supuesto de modificación de licencia institucional, la creación de programa conducente a grados y títulos.

    A través de la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2020-SUNEDU/CD del 4 de agosto de 2020, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 5 de agosto de 2020, se dispuso que la Dilic lleve a cabo la evaluación de los medios de verificación del cumplimiento de las CBC, privilegiando el uso de las tecnologías de la información y comunicación frente a los mecanismos de verificación presenciales.

    Mediante Resolución Directoral N° 003-2020-SUNEDU-DILIC del 18 de agosto de 2020, se aprobó la “Guía para la verificación remota de los medios de verificación de las condiciones básicas de calidad en los procedimientos de licenciamiento institucional, modificación de licencia, licenciamiento de programas priorizados y licenciamiento de nuevas universidades”.

    Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de agosto de 2020, se incorporaron los artículos 31.5, 31.6, 31.7, 40.5, 40.6 y 40.7 y 28 al Reglamento de Licenciamiento.

    El 12 de mayo de 2021, mediante Anexo 2 - Formato de Solicitud de Modificación de Licenciamiento Institucional15, la Universidad presentó la SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, referida a la creación de cuatro (4)...

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