ORDENANZA, Nº 323-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO - Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2022 Basado en Resultados en el distrito de Villa María del Triunfo-ORDENANZA-Nº 323-MVMT

Fecha de disposición14 Octubre 2021
Fecha de publicación14 Octubre 2021

Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2022 Basado en Resultados en el distrito de Villa María del Triunfo

ORDENANZA Nº 323-MVMT

Villa María del Triunfo, 11 de octubre de 2021

EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

POR CUANTO

El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo en Sesión Ordinaria de la fecha, y;

VISTO: Los Informes Nº124-2021-SGSPV-GDS/MVMT y Nº 125-2021-SGSPV-GDS/MVMT de la Subgerencia de Salud y Poblaciones Vulnerables (Mujer, CIAM, OMAPED y DEMUNA), el Informe Nº 387-2021-OPPPMI/MDVMT de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el Informe Nº 80-2021-OAJ/MVMT de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 699-2021-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital Nº 01-2021-CCLD/MVMT, respecto a la Ordenanza que aprueba “El Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2022 Basado en Resultados en el distrito Villa María del Triunfo”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, establecen respectivamente que, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, asimismo, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación;

Que, de acuerdo al Artículo 17º y el literal g) del 42º de la Ley Nº 27783, Ley...

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