ORDENANZA, Nº 457-MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Modifican la Ordenanza N°152-A/MDC, mediante la cual se creó el Comité Municipal por los Derechos del Niño y Adolescente (COMUDENA) en el distrito de Carabayllo-ORDENANZA-Nº 457-MDC

Fecha de disposición14 Octubre 2021
Fecha de publicación14 Octubre 2021

Modifican la Ordenanza N°152-A/MDC, mediante la cual se creó el Comité Municipal por los Derechos del Niño y Adolescente (COMUDENA) en el distrito de Carabayllo

ORDENANZA Nº 457-MDC

Carabayllo, 17 de septiembre de 2021

El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ;

VISTOS: El Informe Nº 143-2021-SGMDOAM-GDHS/MDC, de fecha 30 de junio de 2021, emitido por la Subgerencia de la Mujer, DEMUNA, OMAPED y Adulto Mayor; El Informe Nº 171-2021-GDHS/MDC, de fecha 05 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; El Informe Legal Nº 222-2021-GAJ/MDC, de fecha 04 de agosto de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum Nº 701-2021-GM/MDC, de fecha 09 de agosto de 2021, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 006-2021-CPSYPD/MDC, de fecha 07 de septiembre de 2021, emitido por la Comisión de Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, respecto al proyecto de ORDENANZA QUE DEROGA, MODIFICA E INCORPORA DISPOSICIONES A LA ORDENANZA Nº 152-A/MDC, MEDIANTE LA CUAL SE CREÓ EL COMITÉ MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO Y ADOLESCENTE (COMUDENA) EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo numeral 8) señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; asimismo, en su Artículo 40º establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su...

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