RESOLUCION, N° 000021-2021-SUNAT/700000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de la Intendencia Lima e Intendencia Regional Arequipa-RESOLUCION-N° 000021-2021-SUNAT/700000

Fecha de publicación02 Octubre 2021
Fecha de disposición29 Septiembre 2021

Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos de la Intendencia Lima e Intendencia Regional Arequipa

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

NACIONAL ADJUNTA DE TRIBUTOS INTERNOS

N° 000021-2021-SUNAT/700000

DEJAN SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNAN EJECUTORES COACTIVOS DE LA INTENDENCIA LIMA E INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA

Lima, 29 de septiembre de 2021

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nro. 005-2016-SUNAT/600000 y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nros. 020-2018-SUNAT/700000, 041-2018-SUNAT/700000, 047-2019-SUNAT/700000, y 000018-2020-SUNAT/700000, se designaron a diversos trabajadores, como Ejecutores Coactivos encargados de gestionar la cobranza coactiva de las Intendencias Regionales Arequipa, Junín y Loreto, respectivamente;

Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto algunas de las designaciones mencionadas en el considerando precedente y designar a los Ejecutores Coactivos que se encargarán de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima e Intendencia Regional Arequipa;

Que el artículo 114 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;

Que los trabajadores propuestos han presentado sus respectivas declaraciones juradas manifestando reunir los requisitos antes indicados, por lo que procede designarlos como Ejecutores Coactivos;

Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, no se aplica a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público;

En uso de la facultad conferida...

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