RESOLUCION SUPREMA, N° 198-2021-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de ampliación de extradiciones activas de ciudadano peruano a la República de Chile, para ser procesado en la República del Perú-RESOLUCION SUPREMA-N° 198-2021-JUS

Fecha de disposición30 Septiembre 2021
Fecha de publicación01 Octubre 2021
SecciónSección Única

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 198-2021-JUS

Lima, 30 de setiembre de 2021

VISTO; el Informe Nº 006-2010/COE-TC, del 13 de enero de 2010, de la entonces Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI a la República de Chile, formulada por el Segundo Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado como presunto autor mediato de los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado, en agravio de Marino Ventocilla Rojas y otros;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva, del 17 de diciembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, para ser procesado como presunto autor mediato de los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado, en agravio de Marino Ventocilla Rojas y otros (Expediente N° 98-2009);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos...

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