RESOLUCION.Nº 041-2021-SUNASS-CD.Nuevo proyecto de resolución que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2021-2026 y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios, y su exposición de motivos.servicios colaterales que brinda a sus usuarios. Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N.º 033-2018-SUNASS-CD se aprobó el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gesti... -

Fecha de publicación23 Septiembre 2021
Fecha de disposición23 Septiembre 2021

AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

Resolución de Consejo Directivo

N° 041-2021-SUNASS-CD

Dispone la publicación en el

Diario Oficial El Peruano del nuevo proyecto de resolución que establecería i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2021-2026 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios y su exposición de motivos

NORMAS LEGALES

separata especial

Jueves 23 de setiembre de 2021

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 041-2021-SUNASS-CD

Lima, 20 de setiembre de 2021

VISTO:

El Memorándum N.º 157-2021-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, que presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2021-2026; de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EPS GRAU S.A.1 (en adelante EPS GRAU) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N.º 009-2016-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria (actualmente Dirección de Regulación Tarifaria) admitió a trámite la solicitud de EPS GRAU para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que brinda a sus usuarios.

Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N.º 033-2018-SUNASS-CD se aprobó el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU en el quinquenio regulatorio 2019-2024 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios. Dicho proyecto fue expuesto en audiencia pública que se llevó a cabo el 28 de setiembre de 2018.

Que, con posterioridad a la referida audiencia, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) y EPS GRAU celebraron el Convenio N.º 44-2018-OTASS-EPS GRAU S.A.2, por el cual esta se comprometió a ejecutar acciones relacionadas a la integración de la localidad de Sechura a su ámbito de responsabilidad. En el marco de dicha integración, la Municipalidad Provincial de Sechura y EPS GRAU suscribieron el contrato de explotación3 correspondiente, por el cual la mencionada municipalidad le otorgó el derecho de explotación total de la localidad de Sechura.

Que, en virtud a lo señalado, así como de los Oficios Nros. 1477-2019-EPS GRAU S.A.-340.20-340-1004 y 187-2019-EPS GRAU S.A.-30-3705 mediante los cuales EPS GRAU solicitó la inclusión de diversos proyectos de inversión en el cálculo de la tarifa para el próximo quinquenio regulatorio, alcanzando para ello las correspondientes fichas de inversión, el Consejo Directivo de Sunass convocó a una nueva audiencia pública, la cual fue dispuesta a través de la Resolución de Consejo Directivo N.º 006-2020-SUNASS-CD, a fin de presentar la nueva propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la mencionada empresa que incorpora los nuevos proyectos y metas de gestión asociados a la integración de la localidad de Sechura.

Que, no obstante, mediante Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM se declaró el estado de emergencia nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación como consecuencia del brote del COVID-19, inicialmente por un plazo de quince días calendario, pero la medida ha sido ampliada hasta el 30 de setiembre de 20216.

Que, asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N.º 044-2020-PCM dispone que durante el aislamiento social obligatorio se garantiza la continuidad, entre otros, de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones.

Que, los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto de Urgencia N.º 036-2020 establecen medidas para asegurar la continuidad de los servicios de saneamiento durante el estado de emergencia nacional, entre otras disposiciones, frente a las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID -19.

Que, las actividades de operación y mantenimiento para garantizar la sostenibilidad de la prestación los servicios de agua potable y alcantarillado durante todo el estado de emergencia nacional ha conllevado una serie de gastos a EPS GRAU, así como la afectación en su recaudación como consecuencia de las medidas dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 036-2020, los cuales no fueron previstos en el proyecto de estudio tarifario cuya publicación fue aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 006-2020-SUNASS-CD y que resulta de importancia que sean considerados en la evaluación para determinar la tarifa aplicable por la empresa para el siguiente periodo regulatorio.

Que, las circunstancias antes descritas han generado un cambio en las condiciones originales en las que se elaboró el proyecto de estudio tarifario a que se refiere el considerando anterior, motivo por el cual se elaboró uno nuevo, en el cual se considera el escenario que se ha generado como consecuencia del estado de emergencia nacional que aún se encuentra vigente.

Que, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, el organismo regulador con anterioridad a la publicación de la resolución que fija tarifas reguladas debe realizar una audiencia pública, por lo que corresponde dar a conocer el nuevo proyecto de estudio tarifario y, de este modo, viabilizar la presentación de comentarios por parte de los interesados.

Que, si bien mediante Resolución de Consejo Directivo N.º 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras7 (Reglamento Nuevo), la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado (PMO) y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio culminará en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo.

Que, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N.º 009-2007-SUNASS-CD, tal como es en el caso de EPS GRAU.

Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT.

Que, por tanto, es necesario convocar a una nueva audiencia pública a fin de presentar la nueva propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS GRAU, conforme lo establecido en el RGT.

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 16 de setiembre de 2021.

SE RESUELVE:

Artículo 1º

Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del nuevo proyecto de resolución que establecería i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a EPS GRAU S.A. en el quinquenio regulatorio 2021-2026 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios y su exposición de motivos.

Artículo 2º

Disponer la publicación en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del nuevo proyecto a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serían aplicados por EPS GRAU S.A...

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