RESOLUCION, Nº 0456-2021/SEL-INDECOPI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Declaran barreras burocráticas ilegales disposiciones contenidas en el numeral 7.3 de artículo 7 de la Ordenanza 2087, que regula el procedimiento de aprobación de los Estudios de Impacto Vial en Lima Metropolitana y deroga las Ordenanzas. 1268-MML, 1404-MML y 1694-MML; asimismo, los artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119, que reglamenta la construcción, el acondicionamiento y funcionamiento de la infraestructura universitaria para la provincia de Lima-RESOLUCION-Nº 0456-2021/SEL-INDECOPI

Fecha de publicación22 Septiembre 2021
Fecha de disposición22 Septiembre 2021

Declaran barreras burocráticas ilegales disposiciones contenidas en el numeral 7.3 de artículo 7 de la Ordenanza 2087, que regula el procedimiento de aprobación de los Estudios de Impacto Vial en Lima Metropolitana y deroga las Ordenanzas. 1268-MML, 1404-MML y 1694-MML; asimismo, los artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119, que reglamenta la construcción, el acondicionamiento y funcionamiento de la infraestructura universitaria para la provincia de Lima

RESOLUCIÓN: 0456-2021/SEL-INDECOPI

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:

Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:

17 de junio de 2021

ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Municipalidad Metropolitana de Lima

NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Numeral 7.3 de artículo 7 de la Ordenanza 2087, Ordenanza que regula el procedimiento de aprobación de los Estudios de Impacto Vial en Lima Metropolitana y deroga las Ordenanzas. 1268-MML, 1404-MML y 1694-MML

Artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119, Aprueban Ordenanza que reglamenta la construcción, el acondicionamiento y funcionamiento de la infraestructura universitaria para la provincia de Lima

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA:

Resolución 0207-2020/CEB-INDECOPI del 6 de octubre de 2020

BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

(i) La exigencia de contar con Estudios de Impacto Vial aprobados para el desarrollo de proyectos de edificación (nuevos o que amplíen sus instalaciones modificando accesos y/o incrementando la generación de viajes) destinados a fines educativos, materializada en los artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119.

(ii) La exigencia de contar con los Estudios de Impacto Vial aprobados para el desarrollo de proyectos de edificación (nuevos o que amplíen sus instalaciones modificando accesos y/o incrementando la generación de viajes) destinados a fines educativos, materializada en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ordenanza 2087 y en los artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119.

(iii) La exigencia de contar con los Estudios de Impacto Vial aprobados para edificaciones existentes o establecimientos en operación, en el extremo que resulta aplicable a las edificaciones o establecimientos destinados a fines educativos, materializada en el numeral 7.3 del artículo 7 de la Ordenanza 2087 y en los artículos 5 y 19 de la Ordenanza 1119.

(iv) La exigencia de presentar los Estudios de Impacto Vial cuando sea requerido por las...

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