RESOLUCION, N° 0802-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios-RESOLUCION-N° 0802-2021-JNE

Fecha de disposición18 Septiembre 2021
Fecha de publicación18 Septiembre 2021

Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios

Resolución Nº 0802-2021-JNE

Expediente Nº JNE.2021090527

INAMBARI - TAMBOPATA - MADRE DE DIOS

SUSPENSIÓN

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, veintisiete de agosto de dos mil veintiuno

VISTOS: los Oficios Nº 0171-2021-MDI-T/SG y Nº 0188-2021-MDI-T/SG, recibidos el 10 y 24 de agosto de 2021, respectivamente, presentados por don Luis Choque Yupanqui, secretario general de la Municipalidad Distrital de Inambari, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios (en adelante, señor secretario), referentes a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la suspensión de don Wuillton Camala Lizaraso, alcalde de la citada entidad edil (en adelante, señor alcalde), por la causa prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), esto es, por el tiempo que dure el mandato de detención.

Primero. ANTECEDENTES

Procedimiento de suspensión en instancia municipal

1.1. Mediante el Oficio Nº 0171-2021-MDI-T/SG, recibido el 10 de agosto de 2021, el señor secretario remitió a este órgano electoral, principalmente, el Acuerdo de Concejo Nº 043-2021-MDI, del 6 de agosto de 2021, mediante el cual se acordó aprobar la suspensión del cargo del señor alcalde, por el tiempo que dure el mandato de detención en su contra.

1.2. Con el objeto de proseguir con el trámite correspondiente a esta instancia electoral, mediante el Oficio Nº 03461-2021-SG/JNE, del 13 de agosto de 2021, la Secretaría General de este organismo electoral requirió a la entidad municipal para que cumpla con remitir todos los actuados del expediente administrativo en el que se tramitó la suspensión del señor alcalde.

1.3. Así, a través del Oficio Nº 0188-2021-MDI-T/SG, recibido el 24 de agosto de 2021, el señor secretario remitió copia de los siguientes actuados:

  1. Las notificaciones a los miembros del concejo municipal para la sesión extraordinaria del 6 de agosto de 2021.

  2. Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo, del 6 de agosto de 2021, en la que se trató la suspensión del señor alcalde.

  3. Oficio Nº 0175-2021-MDI-T/SG, del 11 de agosto de 2021, dirigido al señor alcalde, notificándole el Acuerdo de Concejo Nº 043-2021-MDI.

  4. Comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de convocatoria de candidato no proclamado.

    Copias remitidas por el Poder Judicial

    1.4. Mediante el Oficio Nº 000181-2021-OAMP-OAD-CSJMD-PJ, recibido el 25 de agosto de 2021, el jefe de la Oficina de Administración del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios informó a este órgano electoral que la situación jurídica del señor alcalde es de “[...] REO EN CÁRCEL con SENTENCIA EN GRADO DE APELACIÓN [...]” y remitió copias certificadas de los actuados emitidos en el Expediente Nº 1430-2018-85-2701-JR-PE-04, principalmente los siguientes:

  5. Resolución Nº 04 (Sentencia Condenatoria), del 30 de marzo de 2021, con la cual el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata falló condenando al señor alcalde como autor del delito ambiental, en su modalidad de tráfico ilegal de productos forestales en su forma agravada, previsto y sancionado en el artículo 310 del Código Penal (como tipo base), bajo el verbo rector de “transportar productos forestales maderables protegidos por la legislación nacional”, con la circunstancia agravante prevista en el numeral 7 del artículo 310-C del mismo cuerpo legal; y le impuso cinco (5) años de pena privativa de la libertad efectiva, con ejecución provisional de la condena.

  6. Resolución número siete (Auto de Sala), del 24 de mayo de 2021, mediante la cual la Sala Penal de Apelaciones con funciones de Sala Penal Liquidadora, en mérito a la solicitud de suspensión de la ejecución provisional de la pena presentada por el señor alcalde, resolvió declarar improcedente el referido pedido.

  7. Resolución Nº 09, del 1 de julio de 2021, mediante la cual la Sala Penal de...

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