RESOLUCION, Nº 02454-2021, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”-RESOLUCION-Nº 02454-2021
Fecha de disposición | 20 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 10 Septiembre 2021 |
Autorizan la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”
RESOLUCIÓN SBS Nº 02454-2021
Lima, 20 de agosto de 2021
La Superintendenta de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones
VISTO:
La solicitud presentada por Banco de Crédito e Inversiones, en calidad de organizador, a través de su representante, la señora Monique Janett Saba Chaluja, para que se autorice la organización de una empresa bancaria bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Banco de Crédito e Inversiones en sesión de Directorio del 24 de setiembre de 2019 acordó constituir en la República del Perú, una sociedad anónima bajo la denominación social de “Banco Bci Perú”, en la cual el Banco tendrá una participación de 99.99% del capital;
Que, Empresas JY S.A. en sesión de Directorio del 30 de marzo de 2021, aprobó la inversión en la constitución de una sociedad anónima en la República del Perú denominada “Banco Bci Perú”, con una participación del 0.01% del capital;
Que, mediante Cartas s/n del 03 de diciembre de 2019 y 13 de mayo de 2021, se hizo de conocimiento la designación de la señora Monique Janett Saba Chaluja, de nacionalidad peruana e identificada con DNI Nº 07228841, como representante de Banco de Crédito e Inversiones y Empresas JY S.A, respectivamente, para efectos de la constitución de la mencionada empresa bancaria y de los trámites administrativos correspondientes;
Que, el proyecto de estatuto social de la empresa por constituirse ha sido redactado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;
Que, el Banco de Crédito e Inversiones y Empresas JY S.A., en calidad de accionistas, presentaron la información requerida por el Procedimiento Nº 1A del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, la misma que se encontró conforme luego de su evaluación;
Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Asesoría Jurídica, de Estudios Económicos, de Riesgos y de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera;
Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante Carta Nº 032-2021-BCRP recibida el 06 de agosto de 2021;
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