ORDENANZA, Nº 013-2021-CR/GOB.REG.TACNA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE TACNA - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama del Gobierno Regional de Tacna-ORDENANZA-Nº 013-2021-CR/GOB.REG.TACNA

Fecha de publicación03 Septiembre 2021
Fecha de disposición03 Septiembre 2021

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama del Gobierno Regional de Tacna

ORDENANZA REGIONAL

Nº 013-2021-CR/GOB.REG.TACNA

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiséis de julio de dos mil veintiuno, en Sesión Ordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, en su artículo 192 prescribe: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...)”.

Que, mediante Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 2 establece: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal”. Asimismo, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en tanto que en su artículo 38 señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCMA, en su artículo 43 sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF establece: “Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia”...

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