RESOLUCION MINISTERIAL, N° 335-2021-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Modifican la R.M. N° 542-2018-MINEDU y otras disposiciones referentes al Listado de Proyectos Priorizados y a Comités Especiales responsables de organizar, conducir y realizar procesos de selección de empresas privadas que financiarán y/o ejecutarán proyectos de inversión-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 335-2021-MINEDU

Fecha de disposición01 Septiembre 2021
Fecha de publicación01 Septiembre 2021

Modifican la R.M. N° 542-2018-MINEDU y otras disposiciones referentes al Listado de Proyectos Priorizados y a Comités Especiales responsables de organizar, conducir y realizar procesos de selección de empresas privadas que financiarán y/o ejecutarán proyectos de inversión

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 335 -2021-MINEDU

Lima, 31 de agosto de 2021

VISTOS, el Expediente N° MPD2021-EXT-0110033, el Oficio N° 02345-2021-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe Nº 00384-2021-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN de la Dirección de Planificación de Inversiones y el Informe N° 01004-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales, aprobándose su Texto Único Ordenado con el Decreto Supremo N° 294-2018-EF (en adelante, el TUO de la Ley);

Que, el artículo 4 del TUO de la Ley autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión en el marco del Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en el citado TUO de la Ley y en su Reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo N° 295-2018-EF se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 036-2017-EF (en adelante, el TUO del Reglamento) el cual tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de las normas citadas;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 del TUO del Reglamento establece que el proceso de selección de la Empresa Privada se realizará por un Comité Especial designado para tal efecto; el mismo que se encuentra integrado por tres (3) miembros, de los cuales dos (2) deben contar con conocimiento técnico en el objeto del proceso de selección, agregando que los integrantes del comité de selección no pueden renunciar al cargo encomendado, salvo conflicto de intereses;

Que, el artículo 21 del TUO del Reglamento señala que los integrantes suplentes del Comité Especial solo actúan ante la ausencia de su respectivo titular; agregando que los integrantes del Comité Especial solo pueden ser removidos por caso fortuito o fuerza mayor, por cese en el servicio o situación justificada, mediante documento debidamente motivado. En el mismo documento puede designarse al nuevo integrante;

Que, mediante Resolución Ministerial N°...

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