RESOLUCION, N° 000122-2021/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N° 255-2013/SUNAT que aprueba normas que regulan las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros a que se refieren los artículos 12 y 13 del Decreto Legislativo N° 1126-RESOLUCION-N° 000122-2021/SUNAT
Fecha de publicación | 31 Agosto 2021 |
Fecha de disposición | 24 Agosto 2021 |
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia N° 255-2013/SUNAT que aprueba normas que regulan las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros a que se refieren los artículos 12 y 13 del Decreto Legislativo N° 1126
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000122-2021/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 255-2013/SUNAT QUE APRUEBA NORMAS QUE REGULAN LAS OBLIGACIONES DE REGISTRO DE OPERACIONES Y DE INFORMAR PÉRDIDAS, ROBO, DERRAMES, EXCEDENTES Y DESMEDROS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 12 Y 13 DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1126
Lima, 24 de agosto de 2021
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modificatorias, que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas, dispone que el usuario debe llevar y mantener el registro de sus operaciones de ingreso, egreso, producción, uso, transporte y almacenamiento de los bienes fiscalizados, dependiendo de la actividad económica que desarrolle, con algunas excepciones establecidas en dicha norma;
Que adicionalmente, el citado artículo faculta a la SUNAT a establecer, mediante resolución de superintendencia, la forma, plazos y demás condiciones, para la presentación y preservación de la información de sus operaciones, así como los demás registros de operaciones que resulten pertinentes, los límites y oportunidades en su rectificación y la forma, plazo y condiciones para la aplicación de las excepciones establecidas;
Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 255-2013/SUNAT y normas modificatorias se aprueba las normas que regulan las obligaciones de registro de operaciones y de informar pérdidas, robo, derrames, excedentes y desmedros a que se refieren los artículos 12 y 13 del Decreto Legislativo Nº 1126 y normas modificatorias;
Que la Política Nacional contra las Drogas al 2030, aprobada por el Decreto Supremo Nº 192-2020-PCM, tiene como uno de sus objetivos prioritarios el reducir la producción y comercio ilícito de drogas en zonas estratégicas de intervención, para lo cual se dispone que, entre otras entidades, la SUNAT vela por el control de los insumos químicos que suelen desviarse para la producción de drogas cocaínicas y en ese marco gestiona el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, donde se encuentran los usuarios que desarrollan las actividades fiscalizadas;
Que para efectuar el control de los bienes fiscalizados se...
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