RESOLUCION JEFATURAL, Nº 000161-2021/JNAC/RENIEC, ORGANOS AUTONOMOS, REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - Aprueban la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad – DNI de ciudadanos residentes de diversas provincias y distritos de los departamentos de Huancavelica, Ucayali, Ayacucho, Cusco y Moquegua -RESOLUCION JEFATURAL-Nº 000161-2021/JNAC/RENIEC

Fecha de disposición28 Agosto 2021
Fecha de publicación29 Agosto 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo

Aprueban la gratuidad en los trámites de actualización del Código de Ubicación Geográfica - UBIGEO del Documento Nacional de Identidad – DNI de ciudadanos residentes de diversas provincias y distritos de los departamentos de Huancavelica, Ucayali, Ayacucho, Cusco y Moquegua

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000161-2021/JNAC/RENIEC

Lima, 28 de agosto de 2021

VISTOS

El Memorando Nº 001249-2021/GOR/RENIEC (10AGO2021), las Hojas de Elevación Nº 000285-2021/GOR/RENIEC (19AGO2021) y N°000314-2021/GOR/RENIEC (27AGO2021), y el Informe Nº 000031-2021/GOR/RENIEC (20AGO2021) de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación Nº 000638-2021/GPP/SGP/RENIEC (10AGO2021) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 000346-2021/GG/RENIEC (23AGO2021) de la Gerencia General; el Informe Nº00604-2021/GAJ/RENIEC (25AGO2021) y la Hoja de Elevación Nº 00612-2021/GAJ/RENIEC (25AGO2021) de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el artículo 183 de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;

Que por su parte, el artículo 26 de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, prevé que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, siendo el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado;

Que mediante la Ley Nº 31092 Ley de creación del distrito de Lambras en la provincia de Tayacaja del...

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