DECRETO SUPREMO, Nº 219-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021-DECRETO SUPREMO-Nº 219-2021-EF

Fecha de disposición27 Agosto 2021
Fecha de publicación27 Agosto 2021

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

Nº 219-2021-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 038-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en recursos humanos y en formación en salud como respuesta ante la emergencia sanitaria por la COVID-19, modificado mediante la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 053-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera en recursos humanos y formación en salud como respuesta ante la emergencia sanitaria por la COVID-19, dispone que durante la vigencia de la emergencia sanitaria, los estudiantes en ciencias de la salud, de las carreras que autorice el Ministerio de Salud mediante Resolución Ministerial, que inicien el internado de manera presencial en el año lectivo 2021, en establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales, perciban un estipendio mensual equivalente a S/ 770,00 (SETECIENTOS SETENTA y 00/100 Soles); asimismo, son considerados asegurados del Seguro Integral de Salud, y cuentan con una cobertura de seguro de vida;

Que, el numeral 4.5 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 038-2021 establece que la implementación de lo dispuesto en dicho artículo se financia con cargo a los saldos de los recursos a que hace referencia el numeral 38.2 del artículo 38 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y que para financiar de forma complementaria lo dispuesto en la citada disposición, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 73 824 140,00 (SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CUARENTA y 00/100 Soles), a favor del Pliego 011 Ministerio de Salud, utilizando el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro de Salud, a solicitud de este último;

Que, a través del Oficio N° 3635-2021-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una...

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