DECRETO SUPREMO, Nº 213-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de los Pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-DECRETO SUPREMO-Nº 213-2021-EF

Fecha de publicación25 Agosto 2021
Fecha de disposición25 Agosto 2021

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de los Pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

DECRETO SUPREMO

Nº 213-2021-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 45 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, establece que la convocatoria a procesos electorales, para el ejercicio de los derechos políticos estipulados en la citada ley, pueden ser postergados por la autoridad electoral en caso de proximidad de elecciones políticas generales, regionales o municipales; indicando además, que el proceso electoral podrá realizarse simultáneamente o dentro de los siguientes cuatro meses;

Que, bajo dicho marco normativo, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emite la Resolución Nº 0166-2020-JNE, que dispone la postergación del proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades 2021 y todas las actividades de su cronograma electoral, por 4 meses, al amparo de lo previsto en el artículo 45 de la citada Ley Nº 26300; y, en consecuencia, fija al mes de octubre de 2020 como inicio para la adquisición de los respectivos kits electorales;

Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 082-2021-PCM, Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 171-2019-PCM, Decreto Supremo que convoca a Elecciones Municipales Complementarias de alcalde y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, se modifica el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 171-2019-PCM, convocándose para el domingo 10 de octubre de 2021, a Elecciones Municipales Complementarias de alcalde y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho;

Que, asimismo, mediante Resolución Nº 0737-2021-JNE, el JNE convoca a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021, para el día domingo 10 de octubre de 2021, en las circunscripciones de 13 localidades a nivel nacional;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 373 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el JNE solicita mediante el Oficio Nº 440-2021-P/JNE, recursos adicionales con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar los gastos que demandaría el desarrollo de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 y el desarrollo de las Elecciones Municipales Complementarias de alcaldes y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; adjuntando para ello, el Informe Nº 088-2021-DGPID/JNE de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y...

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