RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 289-2021-MINEM/DM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Establecen con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, de la que es titular ENGIE Energía Perú S.A., la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para línea de transmisión, ubicada en el departamento de Ica-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 289-2021-MINEM/DM
Fecha de disposición | 19 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 25 Agosto 2021 |
Establecen con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, de la que es titular ENGIE Energía Perú S.A., la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para línea de transmisión, ubicada en el departamento de Ica
Resolución Ministerial
Nº 289-2021-MINEM/DM
Lima, 19 de agosto de 2021
VISTOS: El Expediente Nº 21252221 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, presentada por ENGIE Energía Perú S.A.; el Memorando Nº 00375-2021/MINEM-VME emitido por el Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 463-2021-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 463-2021-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2021-MINEM/DM, publicada el 03 de marzo de 2021, se otorga a favor de ENGIE Energía Perú S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 562-2021;
Que, mediante documento con Registro Nº 3126011, de fecha 03 de marzo de 2021, ENGIE Energía Perú S.A. solicita el establecimiento de servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, ubicada en los distritos de Santiago y Ocucaje, provincia y departamento de Ica, según las coordenadas UTM (WGS 84) que figuran en el Expediente
Nº 21252221;
Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, la solicitud de establecimiento de servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas – S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación – Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica – S.E. Marcona (L-2211)”, afecta un total de diecisiete (17) predios, de los cuales dos (02) predios son de propiedad particular, siete (07) predios no cuentan con inscripción registral y ocho (08) predios inscritos a favor del Estado; habiendo ENGIE Energía Perú S.A. suscrito el acuerdo de servidumbre con los titulares de los dos (02) predios particulares;
Que, de acuerdo al literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre;
Que, de acuerdo a...
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